Me gustaría saber si existe alguna orden o resolución donde indique justo el momento exacto que tiene la AEAT para enviar el informe o fichero de la orden de levantamiento de embargo a la entidad bancaria donde se ha producido una traba de dinero en una cuenta bancaria.
De acuerdo con el 79RGR, la cantidad retenida será ingresada transcurridos 20 días naturales desde el siguiente a la fecha de la traba sin haber recibido la entidad dicho informe al que hago referencia.
Había escuchado algo de que la AEAT tiene hasta el mismo día 20 a las 14 h para enviar ese informe, pero no sé si me lo estoy inventando o sale de algún sitio.