recargos art. 27 y art. 28

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15 Ene 2024 18:11 - 15 Ene 2024 18:14 #156470 por Aurora
recargos art. 27 y art. 28 Publicado por Aurora
Hola a todos, perdonad si la pregunta es muy tonta pero de verdad que no lo sé.
Cuando se presenta una autoliq y el ingreso se hace unos días después, ¿se aplica el art. 27 por los recargos que procedan hasta la aplicación y se suman los del art. 28?
porque pensaba que iban por separado, pero claro, si sólo se aplicaran unos u otros, pasado el año, por ejemplo, sería más rentable presentar sin ingreso e ingresar al día siguiente que presentar e ingresar.
Gracias
Última Edición: 15 Ene 2024 18:14 por Aurora. Razón: lo he redactado mal

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15 Ene 2024 18:24 #156472 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema recargos art. 27 y art. 28

Hola a todos, perdonad si la pregunta es muy tonta pero de verdad que no lo sé.
Cuando se presenta una autoliq y el ingreso se hace unos días después, ¿se aplica el art. 27 por los recargos que procedan hasta la aplicación y se suman los del art. 28?
porque pensaba que iban por separado, pero claro, si sólo se aplicaran unos u otros, pasado el año, por ejemplo, sería más rentable presentar sin ingreso e ingresar al día siguiente que presentar e ingresar.

 
La aplicación del recargo del artículo 27 no impide la aplicación de los recargos del artículo 28:
Artículo 27.3: Cuando los obligados tributarios no efectúen el ingreso ni presenten solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación al tiempo de la presentación de la autoliquidación extemporánea, la liquidación administrativa que proceda por recargos e intereses de demora derivada de la presentación extemporánea según lo dispuesto en el apartado anterior no impedirá la exigencia de los recargos e intereses del período ejecutivo que correspondan sobre el importe de la autoliquidación.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
El siguiente usuario dijo gracias: Gandalf1497, Aurora

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15 Ene 2024 22:19 #156484 por davidmelian92
Respuesta de davidmelian92 sobre el tema recargos art. 27 y art. 28
Como te ha dicho Witty, los recargos del 27 y 28 son compatibles entre sí, pero no me queda claro con lo que pones que te haya quedado claro, así que te pongo un ejemplo:

Pepe presenta el IRPF2022 (a ingresar y sin req previo) el 8 de Julio de 2023 y no ingresa ese día.
¿Qué tengo que saber? Plazo presentación IRPF 2022> 30 de Junio 2023.

Por lo tanto, recargo del 27 del 1% más 1% por cada mes completo de retraso, no hay mes completo= 1% recargo extemporáneo.

Fin del plazo de pago en período voluntario, 8 de Julio 2023. Al no ingresar, el 9 de Julio se inicia el período ejecutivo y le meten un recargo del 28LGT. Depende de cuando pague le meten un 5, 10 o 20. 5(Antes de la notificación de la providencia de apremio), 10 si paga en en el plazo del 62.5 TODO, y en otro caso 20.

Auxiliar de Renta OEP 2022
Agente de Hacienda OEP 2022.
El siguiente usuario dijo gracias: Gandalf1497, Aurora

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16 Ene 2024 06:42 - 16 Ene 2024 06:48 #156485 por Isaboh
Respuesta de Isaboh sobre el tema recargos art. 27 y art. 28
Simplemente añadir a lo ya dicho:

Recargos del 27: Se exigen por NO PRESENTAR en plazo la autoliquidación o declaración sin requerimiento previo
Recargos del 28: Se exigen por NO INGRESAR en período voluntario.
Por eso son compatibles entre sí, por que penalizan distintas acciones.

Después de los 12 meses sin presentación: recargo del 27 15% + ID + recargo del 28 que proceda (+ sus ID en su caso)
Última Edición: 16 Ene 2024 06:48 por Isaboh. Razón: añadir información
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16 Ene 2024 12:59 - 16 Ene 2024 13:03 #156506 por Gloria##
Respuesta de Gloria## sobre el tema recargos art. 27 y art. 28
Añadir a lo dicho anteriormente por los compañeros:

Ante cualquier falta de ingreso NO se aplican los artículos de GESTIÓN (el art. 27 LGT lo aplican los órganos de gestión que comprueban si la Autoliquidación está o no presentada en plazo y si está correcta). SE APLICAN los artículos de recaudación (ART. 28 LGT, los recargos del art. 28 los aplican los órganos de RECAUDACIÓN, quienes se ocupan de hacer efectivo el pago).

Es simplemente una aclaración por si te sirve de orientación a la hora de estudiar estos preceptos.
Última Edición: 16 Ene 2024 13:03 por Gloria##.

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