DUDA TEMA C-A AHP

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08 Mar 2024 12:41 #157590 por mdr23
DUDA TEMA C-A AHP Publicado por mdr23
Buenos dias. 
Abro este tema para preguntar que estais estudiando de la LICA porque de esa parte del temario no se si hay que profundizar mas en la ley en relacion a como es el proceso judicial y los tramites o resolucion  o simplemente es suficiente con saber las cosas basicas como plazos, contra que se puede interponer el recurso y demas.
Un saludo, muchas gracias y a tope en la recta final!!!!!! :)

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08 Mar 2024 17:44 #157593 por Uanchez
Respuesta de Uanchez sobre el tema DUDA TEMA C-A AHP
Te refieres al contencioso-administrativo?

Yo me estudio lo que pide en la convocatoria sin más florituras. 

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09 Mar 2024 11:40 #157599 por mdr23
Respuesta de mdr23 sobre el tema DUDA TEMA C-A AHP
Si me refiero a que estudiais de esa parte, ya que en mi caso estudio por la ley y estoy estudiando el objeto es decir contra que se puede interponer y la competencia del orden jurisdiccional y los plazos para interponerlo, pero luego veo alguna pregunta sobre el proceso judicial en cuestion relativo a sentencias, plazos del procedimiento en si y no se si hay que profundizar mas porque en el tema de la convocatoria especifica objeto y plazos y por eso preguntaba que os estudiais, ya que profundizar mas alla en cosas que no entiendo del ambito judicial y que no me han explicado pues no tiene mucho sentido xddd.

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09 Mar 2024 16:08 #157609 por Uanchez
Respuesta de Uanchez sobre el tema DUDA TEMA C-A AHP
¿Dónde ves eso que dices? ¿En examenes de otros años?

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10 Mar 2024 11:10 #157618 por mdr23
Respuesta de mdr23 sobre el tema DUDA TEMA C-A AHP
En el examen del año pasado no preguntaron nada del C-A pero yo he hecho algunos simulacros de preguntas y si que he visto alguna relacionada con el procedimiento en si relativa a plazos para dictar la sentencia,acumular recursos y etc y entendí que antes sí que exigían todo el procedimiento judicial pero que ya no pero no me quedo muy claro por eso preguntaba que estabais estudiando.

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10 Mar 2024 17:12 #157622 por Uanchez
Respuesta de Uanchez sobre el tema DUDA TEMA C-A AHP
Bueno,
yo solo puedo hablar por mi mismo, pero me estoy ciñendo a lo que pone en la convocatoria.

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10 Mar 2024 17:18 #157623 por davidmelian92
Respuesta de davidmelian92 sobre el tema DUDA TEMA C-A AHP
Esto es lo que yo me estudié, ya que yo hice resumenes de todas las leyes y me lo estudiaba "de memoria", no hacia test:

LEY 29/1998 CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

¿Qué conoce el orden contencioso administrativo? contratos administrativos, actos y disposiciones de las Corporaciones de derecho público, protección jurisdiccional de derechos elementales, responsabilidad patrimonial de las AAPP y los actos administrativos de control o fiscalización dictados por la ADM competente

¿Qué NO CORRESPONDE al orden contencioso administrativo? recurso contencioso-disciplinario militar, cuestiones expresamente atribuidas a órdenes jurisdiccionales, civil, penal y social, aunque estén relacionadas con la AP, conflictos de jurisdicción de tribunales y AP y recursos directos e indirectos contra normas fiscales de las Juntas Generales del País Vasco

Características jurisdicción contencioso administrativa: improrrogable, resolverán de oficio la falta de jurisdicción en el plazo de 10 días.

Orden Jurisdiccional: salas contencioso administrativa de TSJ, Audiencia Nacional, TS, Juzgados de lo contencioso y Juzgados CENTRALES de lo contencioso

Declaración de incompetencia> adopta forma de auto y debe efectuarse antes de la sentencia


¿Qué conocen los Juzgados de lo contencioso? recursos de los actos de las entidades locales o corporaciones vinculadas o dependientes de las mismas, recursos contra actos de la ADM periférica del Estado y CA, resoluciones en materia de extranjería por la ADM periférica e impugnaciones contra actos de la Junta Electoral, así como entrada en domicilios
NOTA: en única o primera instancia

¿Qué conocen los Juzgados CENTRALES de lo contencioso? materias de personal de actos dictados por Ministros o Secretarios de Estado, salvo que confirmen en vía de recurso, actos dictados por órganos centrales AGE, recursos contra organismos públicos, recursos contra resoluciones dictadas por Ministros o Secretarios de Estado en asuntos de responsabilidad patrimonial, inadmisión de asilo político y las que sean dictadas por el Comité Español de Disciplina Deportiva
NOTA: en única o primera instancia (asilo político SOLO en primera)


La sala contencioso administrativa del TRIBUNAL SUPREMO: actúa por Secciones, el presidente es el más antiguo de la sección, salvo caso artículo 96 que es el Presidente del TS

Recurso de casación y revisión: deben estar todos reunidos
Resto de casos: 4 Magistrados
Despacho ordinario: el que preside y 2 magistrados

La sala de la Audiencia Nacional actúa también por Secciones, el presidente es el más antiguo.
La sala de los TSJ actúan por Secciones cuando el número de magistrados exceda de CINCO

¿Quién tiene capacidad procesal? personas con arreglo a la Ley 1/2000, los menores de edad sin la presencia de la persona que ejerce patria potestad, tutela o curatela para defender sus intereses legítimos, grupos de afectados, uniones sin personalidad y entidades para ser aptas de titulares o derechos al margen de su integración cuando la ley lo declare

¿Quiénes no pueden interponer recurso contencioso administrativo contra la actividad de una AAPP?
Los órganos de la misma y órganos colegiados, salvo que una ley lo autorice, particulares cuando obren por delegación o como meros agentes/mandatarios y entidades de derecho público dependiente de la AGE, ACA o EELL respecto de la actividad de la ADM de la que dependan

Representación: Procurador y asistidas por un abogado, los funcionarios públicos podrán comparecer por sí mismos para defender intereses estatuarios, que NO impliquen separación de empleados públicos inamovibles (se rige por LOPJ+Ley de Asistencia Jurídica)

¿Cuándo no es admisible el recurso contencioso? antes que sean reproducción de otros anteriores firmes y definitivos y confirmatorios de actos consentidos por no haber sido recurridos en tiempo y forma

Vía de hecho: el interesado puede formular requerimiento a la ADM, intimando cesación. Si no se formula o no se atienda en el plazo de 10 días, se entiende deducida directamente

¿Son acumulables las pretensiones? Sí, en relación al mismo acto o a varios actos cuando unos sean reproducción de otros o haya conexión directa
¿Quién estima la acumulación? El Secretario Judicial, dando cuenta al Tribunal (plazo de 30 días para interponer los recursos por separado)

¿Qué recursos cabe contra acumulación, tramitación preferente o ampliación? R. de súplica

¿Quién fija la cuantía del recurso? El secretario Judicial
¿Y si no lo fija? Plazo de 10 días al interesado por parte del Secretario al demandante
¿Y si no está de acuerdo? plazo de 10 días
¿Y si hay muchos demandantes? Pretensión de cada uno, NO la suma de todos
NOTA: supuestos de acumulación o ampliación la cuantía viene fijada por la suma del valor económico de las pretensiones y NO se comunica a las de cuantía inferior la posibilidad de recurso de apelación o casación


En los litigios entre ADM NO cabe recurso en vía administrativa, no obstante, cuando una interponga recurso contencioso contra otra podrá requerir previamente la derogación, anulación o revocación del acto

¿Cómo se interpone el recurso contencioso? Por escrito y debe estar acompañado de lo siguiente:
Documento donde figure representación del compareciente, salvo si hay recursos pendientes en el mismo Tribunal
Documentos que acrediten legitimación
Copia del acto que se recurre e indicación del expediente
Documento que permite actuar a las personas jurídicas

Acto expreso: 2 meses, a contar desde el día siguiente a la notificación impugnada
Actuación en vía de hecho: 10 días, si no hay requerimiento, 20 días
Recurso de lesividad: 2 meses, a contar desde el día siguiente a la declaración de lesividad
Acto presunto: 6 meses, a contar desde el día siguiente que se produzcan efectos del s. admin.

Plazo resolución remisión del expediente: 5 días

¿Cuándo se entiende el emplazamiento de la ADM? Con la reclamación del expediente
¿Cuándo se entienden personada la ADM? Con el envío del expediente
Trámite de conclusiones: 10 días para alegaciones. NO puede plantearse cuestiones que no hayan sido suscitadas en los escritos de demanda y contestación
Los recursos directos contra disposiciones generales gozan de PREFERENCIA

¿Cuándo se dicta SENTENCIA? 10 días desde que el pleito fue declarado y decide sobre cuestiones del proceso

¿Qué es la desviación de poder? ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados

La sentencia sólo produce efectos entre las partes cuando es inadmitida o desestimada. La anulación de un acto produce efecto para todas las personas afectadas. La estimación de pretensiones solo produce efectos entre las partes, aunque se puede extender a terceros

¿Se puede desistir del recurso? Sí, en cualquier momento antes de la sentencia
Desistimiento no implica necesariamente la condena en costas
¿Cuándo se lleva a cabo el procedimiento abreviado?
cuestiones de personal al servicio de AAPP
extranjería e inadmisión asilo político
asuntos de dopaje en deportes
todas aquellas que la cuantía sea inferior a 30k euros

Recurso de súplica: 5 días, a contar desde el día siguiente a la notificación impugnada
¿Contra qué se pone este recurso? providencias+autos no susceptibles de apelación

Recurso de apelación: legitimados como parte demandada o demandante
NOTA: no impide la ejecución provisional (5 días) de la sentencia recurrida
Órgano al que se interpone: ante el Juzgado que hubiera dictado el acto que se apele
Plazo: 15 días

Recurso de casación: plazo de 30 días
NOTA: no impide la ejecución provisional de la sentencia recurrida

¿Cuándo se puede revisar una sentencia firme?
Si se aportan documentos decisivos que no fueron aportados por fuerza mayor
Si los documentos eran falsos
Testigos condenados por falso testimonio
Sentencia dictada en virtud de cohecho, prevaricación o maquinación fraudulenta

Auxiliar de Renta OEP 2022
Agente de Hacienda OEP 2022.
El siguiente usuario dijo gracias: Bigo, AgenteRocky

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11 Mar 2024 09:57 #157633 por mdr23
Respuesta de mdr23 sobre el tema DUDA TEMA C-A AHP
Muchas gracias por el esquema!
entonces mi duda es también entra el procedimiento judicial C-A ,porque a mí en clases solo me dieron hasta los plazos creo que es el artículo 46 pero no lo posterior a que pasa cuando lo interpones.
​​​​​​De ahí la pregunta de que estudias o cuánto hay que estudiar porque yo el objeto y los plazos si los se pero no he profundizado más respecto de los trámites posteriores del procedimiento judicial en si mismo.
​​​​

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