¿Alguien puede explicarme esta pregunta?

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25 Mar 2024 11:54 #158032 por yoolanda17
    PREGUNTA 92058: Contribuyente que ha obtenido durante el ejercicio las rentas siguientes: - Premio de un sorteo por valor de 200 euros (sin retención). - Tiene un inmueble que le genera imputaciones inmobiliarias por una cuantía de 400 euros. - Rendimientos de una cuenta bancaria de 300 euros.Organización OpositaTest
  1. No está obligado a declarar por obtener ganancia patrimonial y rendimientos de capital mobiliario en cuantía no superior a 1.600 euros, e imputaciones inmobiliarias inferiores a 1.000 euros. 
  2. No está obligado a declarar por ser la suma de todas sus rentas no superior a 1.000 euros. 
  3. Está obligado a declarar por los 200 euros del sorteo. 
  4. Está obligado a declarar por los 400 euros de las imputaciones inmobiliarias.
Por lo visto la correcta es la 4: "esta obligado a declarar por los 400€ de las imputaciones inmobiliarias. Si el limite para las imputaciones inmobiliarias es 1.000€ no lo entiendo. La explicación que me da opositatest sigue sin aclararme. Me gustaria saber como lo veis. Gracias.

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25 Mar 2024 12:21 #158038 por dionijuanas
Respuesta de dionijuanas sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
Buenos días yoolanda17, podrías poner la respuesta de opositatest.
Yo también fallé esa pregunta, y repasando el artículo 96 Ley IRPF, creo entender por qué, pero a ver si lo que dicen ellos coincide con lo que yo entiendo.

Agente de Hacienda promoción OEP 2023.
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25 Mar 2024 12:56 #158044 por mdr23
Respuesta de mdr23 sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
Voy a intentar explicarlo como nos lo hicieron en clase, espero que se entienda.
En el articulo 96 se "establecen" 2 reglas.
Aplicando la primera:
Premio no esta sometido a retencion por lo que NO se aplica el limite de los 1600€, ya que solo es para RCM Y GP SOMETIDAS A RETENCION. Por eso tendriamos que ir a la regla segunda.
IRI <= 1000€ cumple regla 1º
RCM sujeto a retencion <= 1600€ cumple regla 1º
Pasamos a la regla segunda que establece que NO hay obligacion de declarar cuando la suma de RT+RAE+RC+GP<=1000€ NO INCLUYE IRI.
Por lo cual siempre que no se cumpla la regla primera y haya IRI obligado a declarar porque la regla segunda no lo incluye.
El siguiente usuario dijo gracias: davidmelian92, yoolanda17

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25 Mar 2024 13:05 #158045 por dionijuanas
Respuesta de dionijuanas sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?

Voy a intentar explicarlo como nos lo hicieron en clase, espero que se entienda.
En el articulo 96 se "establecen" 2 reglas.
Aplicando la primera:
Premio no esta sometido a retencion por lo que NO se aplica el limite de los 1600€, ya que solo es para RCM Y GP SOMETIDAS A RETENCION. Por eso tendriamos que ir a la regla segunda.
IRI <= 1000€ cumple regla 1º
RCM sujeto a retencion <= 1600€ cumple regla 1º
Pasamos a la regla segunda que establece que NO hay obligacion de declarar cuando la suma de RT+RAE+RC+GP<=1000€ NO INCLUYE IRI.
Por lo cual siempre que no se cumpla la regla primera y haya IRI obligado a declarar porque la regla segunda no lo incluye.
Eso es lo que yo he entendído al repasar el artículo 96 

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25 Mar 2024 13:25 #158046 por yoolanda17
Respuesta de yoolanda17 sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
pero la renta inmobiliaria imputada se encuentra en el art.96.2.c) me parece que ese apartado no lo has mencionado o no te he entendido yo. Lo q me gustaría saber es porque no se aplica el limite de ese apartado en concreto para las rentas inmobiliarias imputadas.

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25 Mar 2024 13:34 #158047 por toliso
Respuesta de toliso sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
Es como dicen los compañeros.
La regla 1 sólo se aplica si todas (sin excepción) tus rentas aparecen en esa lista. Si obtienes alguna que no aparece en la regla (en este caso la ganancia no sujeta a retención) obligatoriamente te vas a la regla 2 y te olvidas de todo lo que "dice" la regla 1.
Y en la regla 2 como no figura IRI, estás obligado a declarar.
El siguiente usuario dijo gracias: yoolanda17

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26 Mar 2024 08:15 #158095 por davidmelian92
Respuesta de davidmelian92 sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
Lo ha explicado muy bien mdr23.

Voy a poner otro caso yo.

Rendimiento capital inmobiliario 900 Rendimiento capital mobiliario sujeto a retención 300

Voy a la regla 1 y me aparece un concepto que no aparece, por lo tanto "por ahora, estoy obligado a declarar". Nos vamos a la regla 2, la regla 2 existe para excluir de tributar a ciertos contribuyentes por rentas de escasa cuantía. 900+300=1200>1000 supera el límite conjunto de mil y por lo tanto se confirma que estoy obligado a declarar.

Evidentemente, sí me sale que NO estoy obligado a declarar en la regla 1, no tengo que ir a la regla 2.

Auxiliar de Renta OEP 2022
Agente de Hacienda OEP 2022.
El siguiente usuario dijo gracias: yoolanda17

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26 Mar 2024 10:23 - 26 Mar 2024 10:24 #158099 por yoolanda17
Respuesta de yoolanda17 sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
Esta es la respuesta de Opositatest, yo creo que está mal explicado porque aunque al principio dice q el sorteo es una ganancia patrimonial no sujeta a retención luego pone que es una ganancia patrimonial sujeta a retención y creo q eso también me estaba liando, os la pongo:

RESPUESTA:A la hora de comprobar la obligación de declarar existen dos límites. En el caso que nos concierne: 
  • La respuestas: "está obligado a declarar por los 200 euros del sorteo" y "no está obligado a declarar por ser la suma de todas sus rentas no superior a 1.000 euros" son INCORRECTAS. ​​​​​​
En un primer tramo se aplica el LÍMITE de 1600 euros para ganancias patrimoniales con retención. Como el sorteo no está SUJETO A RETENCIÓN, este límite no se aplica. En un segungo tramo está el LÍMITE de 1000 euros para GANACIAS PATRIMONIALES SUJETAS A RETENCIÓN de forma exclusiva y PARA RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO  de forma exclusiva. En ambos casos no se aplica este límite porque no superan, de manera individual, los 1000 euros.La suma del importe del sorteo y del rendimiento de capital mobiliario por los rendimientos de cuenta bancaria no superan el límite CONJUNTO de 1000 euros (300+200= 500, NO SUPERA).Por tanto, ambas respuestas son incorrectas ya que no superan los límites establecidos para tener la obligación de declarar.
  • La respuesta: "no está obligado a declarar por obtener ganancia patrimonial y rendimientos de capital mobiliario en cuantía no superior a 1.600 euros, e imputaciones inmobiliarias inferiores a 1.000 euros" es INCORRECTA por no ajustarse a lo establecido en el artículo 96 LIRPF. 
  • La respuesta "está obligado a declarar por los 400 euros de las imputaciones inmobiliarias": es CORRECTA.
No se aplica la regla del primer tramo: Límite de 1000 para rentas inmobiliarias imputadas. Al no superar el límite no tiene la obligación de declarar. Tampoco se aplica el segundo tramo: En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.Por tanto, como no se está ante ninguna de las reglas especiales, en el caso de combinarse IMPUTACIONES DE RENTA INMOBILIARIA con CUALQUIER OTRO RENDIMIENTO (en este caso capital mobiliario y ganancias patriminiales sujetas a rentención), SE TIENE LA OBLIGACIÓN DE DECLARAR DESDE CERO EUROS. 
Última Edición: 26 Mar 2024 10:24 por yoolanda17.

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26 Mar 2024 10:32 #158100 por yoolanda17
Respuesta de yoolanda17 sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
De todos modos ya por fin lo he entendido, aunque me ha costado jaja pero no quería quedarme con la duda. Lo voy a explicar como lo he entendido yo por si a alguien le ayuda. Lo que yo no sabía es que cuando compruebas la primera regla, tienen que cumplirla todos los rendimientos/ganancias o lo que sea que tengas. En el momento que una no lo cumple te pasas a la regla 2 con TODO. No puedes aplicar la regla 1 a una parte y la regla 2 a la otra. A lo mejor esto es evidente pero yo por lo menos no lo sabía. Entonces si no me equivoco, lo que ocurre es que en la primera regla las ganancias patrimoniales no sometidas a retencion (el sorteo) no aparecen directamentem así que te tienes que ir a la segunda regla. Y en la segunda regla no tienes que declarar por las ganancias patrimoniales, ni el rendimiento de capital mobiliario porque no superan los 1.000 euros pero las imputaciones inmobiliarias en esta segunda regla no aparecen. Así que en el momento que te vas a la segunda regla, vas a tener que declarar las rentas inmobiliarias imputadas desde los 0€.

 

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26 Mar 2024 10:34 #158101 por yoolanda17
Respuesta de yoolanda17 sobre el tema ¿Alguien puede explicarme esta pregunta?
Muchas gracias a todos por vuestra ayuda!!

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