Teletrabajo doble imposición

Más
24 Abr 2024 10:03 - 24 Abr 2024 10:04 #158603 por alexrmt
Teletrabajo doble imposición Publicado por alexrmt
Según los comentarios del modelo de la OCDE relativo al CDI, el teletrabajo se entiende efectuado donde se realice físicamente, independientemente de donde se encuentre la empresa que satisface los rendimientos del trabajo.

Mi pregunta es la siguiente:

Si según el CDI aplicable, las rentas solo pueden someterse a tributación en el Estado donde se realicen los trabajos, pero  tu empresa extranjera te ha retenido cantidades en concepto de impuestos, también se trataría de una doble imposición y habría que eliminarla con la deducción, no? o habría que pedir la devolución a la hacienda extranjera?

Gracias.
Última Edición: 24 Abr 2024 10:04 por alexrmt.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.115 segundos