Duda regularización bienes de inversión

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19 May 2024 18:26 #159150 por LBL
Buenas que tal estáis? Aquí estoy de nuevo una una nueva duda para variar xd 

Vale imaginaos que adquiero una máquina en 2020 y la pongo a funcionar pero la factura me llega en 2022.

calculo: porcentaje definitivo año regularización- porcentaje definitivo año adquisición y ya si da mas del 10% regularizo y aplico la formula de la regularización 

pero mi duda es en la formula de: porcentaje definitivo año regularización- porcentaje definitivo año adquisición que la aplico dos veces? O que hago cuando me llega la factura ese año que hago con el? Xd cuenta como año de adquisicion cuando lo adquiero o cuando me llega la factura? 

gracias y un saludo. si alguien pudiera poner un ejemplo con este caso de adquiero y luego me llega la factura la verdad que lo agradecería muchísimo 

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19 May 2024 18:29 #159151 por yoolanda17
Respuesta de yoolanda17 sobre el tema Duda regularización bienes de inversión
pero como lo va a contabilizar sin la factura?

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19 May 2024 19:07 #159158 por LBL
Respuesta de LBL sobre el tema Duda regularización bienes de inversión
Ajajajajajajaja yo que se si es que esto es volverse loco 😂😂 entonces si te ponen el caso expuesto que se pone? Xd

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19 May 2024 22:42 #159160 por mdr23
Respuesta de mdr23 sobre el tema Duda regularización bienes de inversión
Yo podría el artículo 99 LIVA que establece que las cuotas deducibles no sé entienden soportadas hasta que al sujeto pasivo le sea entregada la factura.
Resumiendo si el devengo es antes que la entrega de la factura hasta que no te entreguen la factura no tienes derecho a la deducción.
En el caso de que fuese al revés primero es la factura y luego el devengo, el derecho a la deducción se produce con el devengo.
Yo creo que en este caso si no tiene la factura no tiene derecho a la deducción hasta que se le entregue la misma.

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20 May 2024 08:26 #159162 por Shinobi
Respuesta de Shinobi sobre el tema Duda regularización bienes de inversión
No tengo clara la respuesta, pero se me ocurre que cuando te den la máquina contabilices el IVA deducible en un cuenta "pendiente de formalizar" (como que te adelantas a la contabilización del IVA pero sin poder deducírtelo) y la parte no deducible como mayor valor de la máquina.
Así puedes ir haciendo las regularizaciones años tras año, almacenándolas en esa cuenta, hasta que te entreguen la factura y la pasas a deducible (soportado) definitivamente y ese año te las deduces.

Como digo, no estoy seguro de que sea así, pero me parecería algo lógico.

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20 May 2024 10:23 #159166 por @oposinlagrimas
Respuesta de @oposinlagrimas sobre el tema Duda regularización bienes de inversión

No tengo clara la respuesta, pero se me ocurre que cuando te den la máquina contabilices el IVA deducible en un cuenta "pendiente de formalizar" (como que te adelantas a la contabilización del IVA pero sin poder deducírtelo) y la parte no deducible como mayor valor de la máquina.
Así puedes ir haciendo las regularizaciones años tras año, almacenándolas en esa cuenta, hasta que te entreguen la factura y la pasas a deducible (soportado) definitivamente y ese año te las deduces.

Como digo, no estoy seguro de que sea así, pero me parecería algo lógico.
Opino igual.
Al final si pones en funcionamiento la maquina en 2020 y la factura la recibes en 2022 podrás regularizar en 2022 tanto el 2020 como el 2021.

Pero vamos, no creo que se vayan por las ramas y si sale un ejercicio de este tipo (que tiene toda la pinta), será algo básico como los casos del Manual de la Renta. 

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