Gastos ampliación de capital incompleta

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7 meses 12 horas antes #159669 por toliso
Buenas tardes,
en una ampliación de capital en que se suscribe el 80% de las acciones (estando prevista la suscripción incompleta, y por tanto ampliándose capital).
Si los gastos son de 10.000€ cómo se registran?.
Es una chorrada pero cada vez me estoy encontrando con más soluciones distintas y ya me mosquea a 10 días del asunto,

Muchas gracias.

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7 meses 10 horas antes #159673 por Saytek
Te refieres a si registrar 8.000 o 10.000?

Yo creo lo que más van a puntuar es que los cargues a PE o Rvas y que hagas bien el asiento de anulación.

Sobre qué importe registrar, no sé decirte, yo diría que 10.000, me suena que en los ejercicios así mi profesor lo hacía así.

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7 meses 10 horas antes #159674 por opohacienda94
Los gastos asociados a la ampliación que se completa van a RV o PEA (si hay). La parte de los gastos que no se amplía finalmente va a gastos del ejercicio. 

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7 meses 9 horas antes #159677 por toliso
Me refiero a que cuando se abandona una ampliación de capital van a PyG los gastos.
Cuando se suscribe, van contra reservas / prima ( salvo las excepciones, pero no es el caso ahora).
Y cuando hay una suscripción incompleta veo soluciones que entienden que los gastos son originados por la operación de ampliación en sí, y por tanto contra reservas.
Y soluciones que por el % de abandono (lo que no se completa) van a PyG y por lo que se suscribe contra reservas.

En mi ejemplo sería 8000€ (80%) a reservas y 2000€ ( la parte incompleta / abandonada) a PyG.

Y visto la cantidad de veces que veo variaciones en la solución ya me hace dudar.

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6 meses 4 semanas antes #159691 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Gastos ampliación de capital incompleta
Yo no veo que una ampliación parcial por no haberse suscrito el 100% de las acciones emitidas sea un caso de desistimiento o abandono de la ampliación de capital, así que yo llevaría todo a reservas.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
El siguiente usuario dijo gracias: toliso

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6 meses 4 semanas antes #159706 por allobet
Buenos días, Toliso:

En el examen de la OEP conjunta pasada, ejercicio 1 GRANDPARENT-GRANDMA, se da el caso que comentas al acudir a la ampliación de capital el 80% y anularse el 20% restante.

Artículo 6 punto 2 RICAC 2019: Costes de transacción de un instrumento financiero.
2. Los gastos incrementales derivados de una transacción con instrumentos de patrimonio, incluidos los gastos de emisión de estos instrumentos, tales como honorarios de abogados, notarios, y registradores; impresión de memorias, boletines y títulos; tributos; publicidad; comisiones y otros gastos de colocación, se registrarán directamente contra el patrimonio neto como menores reservas o como una menor prima de emisión o de asunción en caso de emisión de acciones o creación de participaciones y como menor valor del instrumento de patrimonio en los restantes casos.
Los gastos derivados de una transacción con instrumentos de patrimonio, de la que se haya desistido o se haya abandonado, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.


Si los gastos en publicidad de 400.000€ previamente se registran en la 113 y posteriormente el 20% se lleva a 627,
nada te impediría interpretar que lo mismo pasaría con los Gastos de Ampliación e Inscripción.
Aunque si lo dejas en la 113 no creo que te lo pongan mal.

Buenas tardes,
en una ampliación de capital en que se suscribe el 80% de las acciones (estando prevista la suscripción incompleta, y por tanto ampliándose capital).
Si los gastos son de 10.000€ cómo se registran?.
Es una chorrada pero cada vez me estoy encontrando con más soluciones distintas y ya me mosquea a 10 días del asunto,

Muchas gracias.
El siguiente usuario dijo gracias: toliso

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6 meses 4 semanas antes #159719 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Gastos ampliación de capital incompleta
En la solución que ofrecen en el curso para PI de la AEAT del supuesto 3 del examen TL OEP 2019, donde hay una suscripción parcial de un aumento de capital, hacen el prorrateo de los gastos entre reservas y PyG y ponen la siguiente nota: "suponemos que estos gastos corresponden tanto al porcentaje inscrito como el anulado, por cuanto si sólo correspondiese al inscrito irían íntegramente reduciendo las Reservas Voluntarias".

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda

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6 meses 4 semanas antes #159722 por toliso
A eso me refería. En puridad lo correspondiente a la parte abandonada/incompleta va a PyG. Lo que pasa es que en todos los supuestos siempre te dicen los gastos al final, sin especificar si se corresponden con lo efectivamente suscrito o con todo. Por lo que siempre va a ser a interpretación de cada uno y de ahí que haya soluciones distintas.

Si en un supuesto dijesen por este orden,
-Gastos de colocación de los títulos 50.000€

-Finalmente sólo se suscribieron el 85%.

Ahí no habría dudas de que hay que desglosar.

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