Segundo examen agente 2024

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10 Sep 2024 14:59 #161618 por azgaba
Respuesta de azgaba sobre el tema Segundo examen agente 2024
Que va!! Yo tampoco he recibido nada!! 😔

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10 Sep 2024 16:13 #161620 por Jach27
Respuesta de Jach27 sobre el tema Segundo examen agente 2024

 

si marcaste la casilla correspondiente, tienes reserva del primer ejercicio, sí


Había que marcar alguna casilla? No fastidies... Yo no marqué ninguna casilla 😅😅😅 Menos mal que he aprobado porque si no, estaría ahora mismo con el corazón en la boca.

Eso hay que contrastarlo, eh? No digo que no pueda ser, pero me parece raro.
Este año no había que marcar nada, la próxima convocatoria el que tenga aprobado el primer ejercicio de esta última convocatoria si quiere puede marcar reserva de nota
 

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11 Sep 2024 11:54 #161651 por azgaba
Respuesta de azgaba sobre el tema Segundo examen agente 2024
Seguís sin recibir la nota por correo? Me parece raro que aún no hayan mandado nada y me preocupa que este año hayan decidido no hacerlo y tengamos que solicitarla si o si! 

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11 Sep 2024 12:01 #161652 por yoda
Respuesta de yoda sobre el tema Segundo examen agente 2024
Yo no la he recibido

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11 Sep 2024 12:01 #161653 por salvadortrujillofarga@gmail.com
Respuesta de salvadortrujillofarga@gmail.com sobre el tema Segundo examen agente 2024
De momento hoy me espero. Pero si mañana no lo recibo lo solicitaré. Y presentaré un recurso de alzada. Cómo he comentado está vez me gustaría saber cómo han corregido el examen. Y estamos en nuestro derecho saber cuál han sido nuestros errores. Porque insisto está vez iba muy preparado y el examen con respecto al tiempo en IRPF y otras preguntas tipo test e IVA ha sido muy extenso para el tiempo tan limitado que tenemos.

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11 Sep 2024 13:06 #161660 por Asere
Respuesta de Asere sobre el tema Segundo examen agente 2024
¿Sabes como se presenta el recurso? Yo si he recibido mi nota puesto que mande el correo el mismo viernes que subieron el listado de aprobados y me he quedado muy cerquita, y como dices, iba preparada y quisiera ver en qué estoy fallando.

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11 Sep 2024 13:38 #161661 por salvadortrujillofarga@gmail.com
Respuesta de salvadortrujillofarga@gmail.com sobre el tema Segundo examen agente 2024
I. Generalidades sobre el recurso de alzada
No podemos ahondar sobre la forma ¿cómo realizar un recurso de alzada en las oposiciones? sin antes expresar en líneas generales en qué consisten los recursos y muy específicamente el recurso de alzada.

Los recursos son mecanismos jurídicos empleados por los ciudadanos para hacerle saber al Estado a través de sus distintas Administraciones Públicas el descontento manifiesto que existe con alguna de sus resoluciones. Dentro de este orden de ideas, el recurso de alzada es un medio de impugnación de carácter administrativo empleado para recurrir las resoluciones y los actos de trámite cuando no pongan fin a la vía administrativa. En ese sentido, con el recurso de alzada se busca que un órgano administrativo superior revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, con la finalidad que enmiende o rectifique conforme a derecho el acto del órgano inferior. Este recurso se configura como un paso que antecede a la vía judicial.

II. Regulación normativa del recurso de alzada
El recurso de alzada se encuentra regulado principalmente en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (también Ley del Procedimiento Administrativo Común).

III. El recurso de alzada como medio de impugnación en las oposiciones
La oposición es un proceso selectivo empleado para cubrir un puesto de trabajo llevado a cabo a través de una o más pruebas en las cuales los aspirantes muestran las competencias que han de ser juzgadas por un tribunal evaluador. Visto de ese modo y tomando en consideración que el recurso de alzada es empleado por los interesados para recurrir la resoluciones y actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos donde cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común, es importante destacar que no se trata de un mecanismo de impugnación exclusivo en las oposiciones, ya que es aplicado a otros ámbitos relacionados con las Administraciones Públicas.

No obstante, la interposición del recurso de alzada en las oposiciones es empleado como una herramienta para reclamar a la Administración alguna irregularidad en el proceso de selección, siempre y cuando la resolución que se reclama o se solicita revisar no ponga fin a la vía administrativa, siendo ésta la condición indispensable para su presentación.

En ese sentido, el recurso de alzada en las oposiciones puede ser empleado para impugnar:

(i) El orden de convocatoria.

(ii) Las calificaciones de los tribunales a los opositores (notas de las pruebas o valoración de méritos) o criterios de los tribunales.

(iii) Preguntas ambiguas.

(iv) Exclusiones por motivos físicos o de salud, entre otros.

En el caso de observarse otro tipo de irregularidades, como, por ejemplo, la composición del Tribunal o la exclusión de las listas de admitidos, los interesados tendrán de recurrir a otro tipo de recursos o reclamaciones, como sería el caso del recurso potestativo de reposición.

IV. Plazo para presentar recurso de alzada en oposiciones
Uno de los aspectos fundamentales a la hora de saber ¿cómo realizar un recurso de alzada en las oposiciones?, es precisamente conocer el plazo que se tiene para su presentación y resolución. En este caso, el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos.

Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente al que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.

Por su parte, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso; salvo en el caso que el recurso de alzada se haya interpuesto contra la desestimación por silencio administrativo de una solicitud por el trascurso del plazo, en cuyo caso se entenderá estimado el recurso si, llegado el plazo de resolución, el órgano administrativo competente no dictase y notificase resolución expresa siempre y cuando no se refieran a las materias especificadas en el artículo 24.1, segundo párrafo de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

Es importante destacar que, contra la resolución de un recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, por lo que en el caso de disconformidad con el resultado sólo quedaría adoptar la vía judicial, mediante el recurso contencioso-administrativo.

V. Motivos para interponer un recurso de alzada en las oposiciones
Existen diversos motivos por los cuales se puede interponer un recurso de alzada en las oposiciones, no obstante, en este caso mostraremos las causas más comunes empleadas por los opositores para efectuar sus reclamaciones. En ese sentido, tenemos:

(i) Diferentes criterios de los tribunales de evaluación: Sucede cuando el tribunal evaluador no tiene en cuenta los criterios específicos establecidos en la oposición para examinar y evaluar, afectando de esta forma a los opositores.

(ii) Preguntas que no se ajustan a las bases: Las bases de la oposición son públicas y contemplan el temario (baremos) sobre el cual se han de calificar a los opositores que se evalúan, siendo sobre esta base que se han de efectuar las preguntas. No obstante, se puede dar el caso en el cual, las mismas no se ajusten a lo esperado, momento en el que los opositores podrán reclamar el examen o impugnar las preguntas.

(iii) Preguntas ambiguas: Ocurre cuando se enuncian preguntas mal formuladas, las cuales, al ser poco claras, requerirán desde el punto de vista lingüístico o técnico, del análisis de un experto en oposición. De igual manera, se puede dar el caso, que por la ambigüedad manifiesta, las preguntas sean objeto de varias soluciones correctas o no tengan solución. En ese sentido, al igual que en el caso anterior, se requerirá de un informe pericial técnico del examen, que determine estas circunstancias para poder impugnar ese tipo de preguntas.

(iv) El orden de la convocatoria es incorrecto: Las pruebas que han de efectuarse en una oposición, llevan un orden específico, el cual ha sido fijado en las bases de la convocatoria, por lo que alterar dicho orden puede dar lugar a la impugnación de la oposición.

(v) Exclusión por motivos físicos o de salud: En este caso se trata de aquellos problemas médicos que no han sido reconocidos, por lo que para su reclamación será necesario un perito médico, sobre quien recaerá determinar si se cumple o no con los requisitos solicitados en las bases de la convocatoria.

VI. ¿Cómo interponer un recurso de alzada en las oposiciones?
El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.

Si el recurso se hubiera interpuesto ante el órgano que dictó el acto impugnado, éste deberá remitirlo al competente en el plazo de diez días, con su informe y con una copia completa y ordenada del expediente.

No obstante lo anterior, el recurso de alzada se formulará por escrito, debiendo identificarse en el mismo los siguientes aspectos:

(i) El nombre y apellidos del recurrente y su identificación personal.

(ii) El acto que se recurre y la razón de su impugnación.

(iii) Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y del lugar que se señale a efectos de notificaciones.

(iv) Órgano al que se dirige.

Una vez redactado el mismo, se procederá con su presentación. Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, de conformidad con lo previsto en el artículo 14.2. de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, podrán presentar el recurso de manera telemática a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado, por medio del siguiente link rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do , donde deberán identificarse, para lo cual deberán señalar quién presenta el trámite y el método de identificación con el cual accederá (certificado digital o cl@ve).

En caso de querer presentarlo de manera presencial, deberá hacerlo por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En ambos casos deberán aportar, todos los documentos que estimen conveniente para la defensa de la argumentación.
Tambien se puede presentar a través de la AEAT.
Voy ahora mismo a solicitar las notas. Y voy a presentar el recurso de alzada.
Estamos en contacto

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11 Sep 2024 14:05 #161664 por salvadortrujillofarga@gmail.com
Respuesta de salvadortrujillofarga@gmail.com sobre el tema Segundo examen agente 2024
Para la próxima convocatoria si has aprobado la del 2023 con marcarla es suficiente

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11 Sep 2024 14:40 #161666 por Opositora35
Respuesta de Opositora35 sobre el tema Segundo examen agente 2024
Yo solicité la nota el lunes por correo electrónico . Acabo de recibir la nota, un 14,18. Me quedé cerca. La cosa es que en el primer examen saqué un 5,95. Debería presentarme también al primer examen de nuevo? A saber que nota de corte hay al año que viene.

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11 Sep 2024 14:43 #161667 por Asere
Respuesta de Asere sobre el tema Segundo examen agente 2024
Te da igual la nota de corte puesto que tu ya la has pasado este año y esa nota seria tu nota transformada sobre 10

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11 Sep 2024 14:59 #161669 por yoda
Respuesta de yoda sobre el tema Segundo examen agente 2024
Opositora35 no te han dicho en qué posición has quedado??

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11 Sep 2024 15:01 #161670 por azgaba
Respuesta de azgaba sobre el tema Segundo examen agente 2024
A mí me ha llegado la nota obtenida, pero la posición no viene reflejada! 

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11 Sep 2024 15:07 #161672 por Opositora35
Respuesta de Opositora35 sobre el tema Segundo examen agente 2024
No, no me han dicho en que posición he quedado. Solo la nota y los aciertos y fallos del test.
Entonces al primer examen no hace falta que vaya no? Directamente paso al siguiente aunque el corte sea mas alto?

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11 Sep 2024 15:09 #161673 por yoda
Respuesta de yoda sobre el tema Segundo examen agente 2024
Yo la vez anterior que hice el segundo me ponían la nota y la posición en el correo

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11 Sep 2024 15:50 #161674 por salvadortrujillofarga@gmail.com
Respuesta de salvadortrujillofarga@gmail.com sobre el tema Segundo examen agente 2024
Yo un 14,64 voy a solicitar una revisión y un recurso de alzada

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