IRPF - Rendimientos de Capital Inmobiliario

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22 Ene 2025 09:39 #163208 por Yesi1989
Buenos días a tod@s;
Me gustaría consultaros algo respecto al IRPF, y concretamente al rendimiento de capital inmobiliario. Uno de los gastos que se pueden deducir del mismo es el gasto por "Reparación y Conservación". Este gasto tiene su límite en el rendimiento íntegro obtenido, y el exceso se podría deducir en los cuatro años siguientes. Esta parte la tengo clara. 
En lo que tengo dudas es en:
  • ¿qué tipo de obras se consideran reparación y conservación y, por tanto, se pueden deducir en su totalidad del rendimiento obtenido, independientemente del tiempo que el inmueble esté alquilado en el año?
  • y por contra ¿qué tipo de obras NO las puedo deducir en su totalidad, sino que las tengo que prorratear a lo largo del año y solo me puedo deducir la parte proporcional a los meses que ha estado alquilado?
Si alguien me pudiera poner ejemplos se lo agradecería mucho.
Un saludo¡¡¡ 

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22 Ene 2025 10:13 - 22 Ene 2025 10:14 #163209 por velma
Respuesta de velma sobre el tema IRPF - Rendimientos de Capital Inmobiliario
Los gastos de reparación y conservación son los realizados con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes (pintado, arreglo de instalaciones, ...) o bien la sustitución de elementos siempre que no supongan una mejora del bien sustituido (cambio de instalaciones, cambio de ascensor, cambio de puertas de seguridad...).

No se consideran gastos de reparación y conservación, y por tanto tengo que amortizar el gasto, las mejoras, y las adquisiciones de mobiliario y electrodoméstico aunque sea por sustitución.

Por ejemplo, si pinto la casa, si reparo la lavadora que se ha estropeado, cambio el ascensor, serían gastos de reparación y conservación.

Si por ejemplo me pongo suelo de parquet, compro una nueva lavadora o instalo ascensor que antes no estaba, son mejoras y no son gastos de reparación y conservación.
Última Edición: 22 Ene 2025 10:14 por velma. Razón: error

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22 Ene 2025 17:29 #163221 por Sebas P
Respuesta de Sebas P sobre el tema IRPF - Rendimientos de Capital Inmobiliario
No creo que pongan un gasto fronterizo Reparación VS Mejora.
A mi me lo han definido:

Tendrán la consideración de gastos de reparación y conservación:

Son gastos de conservación y reparación:
Los efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones.

Los de sustitución de elementos, como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad u otros.



La ampliación consiste en un proceso mediante el que se incorpora nuevos elementos a un inmovilizado, obteniendo como consecuencia una mayor capacidad productiva. Se entiende por mejora el conjunto de actividades mediante las que se produce una alteración en un elemento del inmovilizado, aumentando su anterior eficiencia productiva. Para que puedan imputarse como mayor valor del inmovilizado los costes de una ampliación o mejora deberán producir un aumento de su capacidad de producción, o una mejora sustancial en su productividad, o un alargamiento de la vida útil estimada del activo.

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22 Ene 2025 23:18 #163225 por velma
Respuesta de velma sobre el tema IRPF - Rendimientos de Capital Inmobiliario
La consulta se refiere a la diferencia entre gastos de reparación y conservación y gastos por mejoras dentro del contexto de los rendimientos de capital inmobiliario del IRPF, desde el punto de vista fiscal.

Otro contexto distinto sería en la contabilidad del inmovilizado.

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23 Ene 2025 07:58 #163226 por Sebas P
Respuesta de Sebas P sobre el tema IRPF - Rendimientos de Capital Inmobiliario
Si es ampliación o mejora es mayor valor del inmovilizado, por lo que a mi entender, la definición contable es apropiada.

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27 Ene 2025 13:24 - 27 Ene 2025 13:30 #163286 por Yesi1989
Respuesta de Yesi1989 sobre el tema IRPF - Rendimientos de Capital Inmobiliario
Buenos días,
OK, entiendo que los gastos de reparación y conservación se incluyen TODOS, sin prorratear por los meses de alquiler, es decir, independientemente de que el inmueble esté alquilado 12 meses al año o 5 meses, porque es un gasto que deriva del propio alquiler ¿¿¿Cierto???

Entiendo también que los gastos por "sustitución" de elementos que se han incluido en el alquiler se considera conservación, y por tanto, aplica lo del párrafo anterior. ¿¿¿Cierto???

Entonces. si yo compro una caldera nueva para sustituir una que se ha roto en un inmueble que yo tengo alquilado, entiendo que el gasto me lo puedo deducir íntegramente por considerarse conservación, siempre respetando el límite del rendimiento íntegro. En este caso, ¿¿el gasto tendría que amortizarlo por los años de vida útil de la caldera, o simplemente me lo puedo deducir todo del rendimiento íntegro en el ejercicio en que la compro??

Por otro lado, me decís que las obras que se consideran "mejoras" no se incluyen. Queréis decir que ¿¿de las obras de "mejoras", que entiendo que son las que NO se incluyen en el contrato de alquiler y que aumentan el valor del inmueble, no me puedo deducir nada del rendimiento íntegro del capital inmobiliario?? 

Y si fuera una obra de algo que NO incluye el contrato de alquiler pero que tampoco se considera mejora, simplemente es para mantener la habitabilidad del inmueble y poder alquilarlo. ¿cómo me podría deducir este gasto?

!!!Muchas gracias a tod@s¡¡¡ 
Última Edición: 27 Ene 2025 13:30 por Yesi1989.

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27 Ene 2025 17:59 #163295 por ClavelTH
Respuesta de ClavelTH sobre el tema IRPF - Rendimientos de Capital Inmobiliario
El gasto de la mejora se aplica vía amortización, al 3%, como el de la vivienda.

Cuerpo Técnico de Hacienda

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