Buenas noches,
Me gustaría plantear una cuestión relacionada con los dividendos a cuenta.
Suponiendo que una entidad compensó pérdidas reduciendo capital, ¿debe aumentar la reserva legal hasta el 10% para poder entregar un dividendo a cuenta como sucede a la hora del reparto de dividendos? ¿O en el caso de los dividendos a cuenta no se exige esa condición?
¡Muchas gracias de antemano!