Plantilla correctora del test de Agentes de Hacienda TL

  • webmaster
  • Autor del tema
  • Fuera de línea
  • Administrador
  • Administrador
  • Perfil oficial OpositaTest
Más
05 Abr 2025 17:00 - 05 Abr 2025 17:02 #164086 por webmaster
¡Hola, opositores de Agentes de Hacienda por Turno Libre!

Antes de nada, ¡enhorabuena por llegar hasta aquí! Queremos felicitaros por todo vuestro esfuerzo, trabajo y constancia. Como hemos estado en vuestro lugar, sabemos que preparar una oposición no es fácil. ¡Pero habéis dado el 100 % para llegar hasta aquí! Y pase lo que pase, solo por eso debéis sentir un gran orgullo.

Por ello, queremos comunicaros que ya podéis corregir el test con nuestra plantilla. Corregid en un par minutos y descubrid lo lejos que habéis llegado. Sea cual sea el resultado, ¡estáis un paso más cerca de vuestro objetivo!

Estos son los pasos que debéis seguir para corregir vuestro examen:
  1. Seleccionad la plantilla de vuestro examen DESDE AQUÍ 👉 opo.cl/8yM7X  
  2. Completad con vuestras respuestas
  3. Recibiréis las notas correspondientes en vuestro correo electrónico
​​​​​​​

Y recordad:
  • El correo puede tardar unos minutos. Por ello, os aconsejamos que reviséis spam y promociones, por si acaso.
  • Es una plantilla provisional y meramente orientativa, así que no sufráis si veis alguna diferencia cuando salga la oficial.​​​​​​​

 🍀 ¡Mucha suerte! 🍀
Última Edición: 05 Abr 2025 17:02 por webmaster.
El siguiente usuario dijo gracias: A_VII

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
05 Abr 2025 18:49 #164087 por Rafis
En las 2 plantillas correctoras que he visto dan a la pregunta 8 del tipo test B, relativa al plazo de duración del procedimiento inspector para una sociedad dependiente, el plazo de 18 meses.

El enunciado no te dice expresamente que el grupo fiscal NO esté siendo objeto de comprobación, tampoco que SI lo esté siendo, por lo que creo que esta pregunta debería anularse ya que no se tiene certeza de en que situación se encuentra.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
05 Abr 2025 19:27 #164088 por Rafis
¿Qué tal os ha salido en general? Yo lo he visto rebuscaete muchas preguntas, mi apuesta es (contando con el número que pasa a la siguiente ronda) que se mantendrá parecida la nota de corte, que creis?

Por cierto, el compañero que subía el Excel no estará por aqui otro año mas... :)

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
05 Abr 2025 19:50 #164090 por feer
Yo le he visto de una dificultad similar al del año pasado. Yo creo que subirá el corte respecto del año pasado por el tema de las plazas y que habrá mucha gente que se haya preparado exclusivamente este examen

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
05 Abr 2025 19:53 #164091 por allobet
Respuesta de allobet sobre el tema Plantilla correctora del test de Agentes de Hacienda TL
Hola Rafis, no veo impugnación en la pregunta que dices.

Son 18 meses con carácter general.

Los 27 meses sólo se aplican si el Grupo al que pertenece está siendo objeto de procedimiento inspector, debería dar el dato el enunciado, y no lo da. Si no da el dato, no está siendo objeto de un procedimiento inspector.

Aquí iban a pillar precisamente con esto.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
05 Abr 2025 20:04 - 05 Abr 2025 20:08 #164092 por Rafis
Hola allobet gracias por la respuesta!

En mi opinión, es precisamente, ese hecho lo que determina la nulidad de la pregunta, que no da el dato.

Yo con ese enunciado, las respuestas posibles y la ley en la mano, únicamente podría contestar si hago suposiciones… pero sin saber si el grupo fiscal está siendo objeto de comprobación, o no, no podría decirte si el plazo es de 18 o 27 meses.

Puedes entender que no está siendo objeto de comprobación porque no lo dice el enunciado ni la respuesta, pero como no lo dice precisamente, también puedes entender que está siendo objeto de comprobación. Y en la respuestas no hay ninguna diferencia que te haga declinarte por una por otra.

De hecho, en la comprobación de créditos fiscales, como son las deducciones por I+D, debe hacérse tanto en la sociedad dependiente, que los genera, como en la sociedad representante del grupo fiscal, que es quien se los aplica. (puestos a suponer, supondría que la representante está siendo objeto de comprobación también al estar, comprobando este crédito fiscal)
 
Última Edición: 05 Abr 2025 20:08 por Rafis. Razón: Corrección

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
05 Abr 2025 20:36 #164093 por Jav1997
Respuesta de Jav1997 sobre el tema Plantilla correctora del test de Agentes de Hacienda TL
Sobre la pregunta del grupo fiscal mi opinión es la siguiente:

1. No hay que confundir los términos de grupo fiscal y grupo de sociedades. Grupo fiscal es el grupo mercantil que ha optado por aplicar el régimen de consolidación fiscal en IS o REGE en IVA.

2. En el IS, en el régimen de consolidación fiscal es contribuyente el propio grupo (art. 56.1 LIS)

Por tanto, si se inspecciona una deducción a una entidad que está en un grupo fiscal (es decir, que ha optado por aplicar los regímenes especiales de grupos) en verdad se está inspeccionando al sujeto pasivo del IS, esto es, el grupo en sí. Luego el plazo de las actuaciones es de 27 meses.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
05 Abr 2025 20:42 #164095 por Jav1997
Respuesta de Jav1997 sobre el tema Plantilla correctora del test de Agentes de Hacienda TL
Hay doctrina administrativa en esta línea.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
06 Abr 2025 12:42 #164098 por A_VII
Ojalá que sea como dices Jav1997.

Por cierto, me he fijado en que la plantilla de Opositatest, la del Examen Tipo B, tiene 2 errores, en las preguntas 25 y 31.

En la 25 dicen que es la C, pero es la A. Aquí la prueba:

Artículo 155 CE
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.

Y en la 31 dicen que es la D, pero es la B. Aquí la prueba:

Artículo 170 LGT. Diligencia de embargo y anotación preventiva.
3. Contra la diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:

a) Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
b) Falta de notificación de la providencia de apremio.
c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta ley.
d) Suspensión del procedimiento de recaudación.

Espero que os sirva :-)

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.124 segundos