Ojalá que sea como dices Jav1997.
Por cierto, me he fijado en que la plantilla de Opositatest, la del Examen Tipo B, tiene 2 errores, en las preguntas 25 y 31.
En la 25 dicen que es la C, pero es la A. Aquí la prueba:
Artículo 155 CE
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
Y en la 31 dicen que es la D, pero es la B. Aquí la prueba:
Artículo 170 LGT. Diligencia de embargo y anotación preventiva.
3. Contra la diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:
a) Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
b) Falta de notificación de la providencia de apremio.
c) Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta ley.
d) Suspensión del procedimiento de recaudación.
Espero que os sirva