Obligación de declarar IRPF artículo. 96 Lirpf. Ganancias patrimoniales

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09 Abr 2018 18:43 - 09 Abr 2018 19:12 #57981 por neeme
Me he liado un poco. En el articulo 96 LIRPF, cuando habla de actividades económicas, ¿se refiere a todo tipo?, es decir, las empresariales, las profesionales y la agricultura ganadería y pesca? Y las ganancias patrimoniales, son las sometidas a retención o no?

Si las ganancias patrimoniales no están sometidas, ¿siempre hay que presentar declaración de la Renta?, por ejemplo, si tengo un premio de bingo de 100 euros?
Última Edición: 09 Abr 2018 19:12 por webmaster.

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09 Abr 2018 18:52 #57984 por Houdini
Respuesta de Houdini sobre el tema Obligación de declarar

neeme wrote: Me he liado un poco. En el articulo 96, cuando habla de actividades economicas, se refiere a todo tipo, empresariales profesionales y a agricultura ganaderia y pesca? Y las ganancias patrimoniales, son sometidas a retencion o no?
Si las ganancias no edtán sometidas siempre hay que declarar?, por ejemplo, un premio de bingo de 100 euros?

Si las ganancias no están sometidas a retención habría que mirar si sobrepasan el límite conjunto de 1.000 euros junto a rdtos. del trabajo, de capital y de actividades económicas.

Que alguien me corrija si me equivoco.

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09 Abr 2018 18:52 #57985 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema Obligación de declarar
Las ganancias patrimoniales sometidas a retención también.

Además de los límites del apartado a), b) y c). Específicos de determinados rendimientos.

Existe otra regla justo al final del artículo 96.2 LIRPF: "En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros."

Es una regla que actúa como criterio corrector de los límites cuantitativos por cada fuente de renta indicados en las letras a), b) y c) del apartado 2 del artículo 96 LIRPF es decir, si un contribuyente no está obligado a declarar por razón de la naturaleza y cuantía de las rentas obtenidas conforme a los límites y condiciones de las letras a), b) y c), no procederá aplicar el criterio corrector del último párrafo del apartado 2 del artículo 96 LIRPF, pero si el contribuyente estuviese obligado a declarar por superar los límites de las fuentes de renta indicadas en las letras a), b) y c), debe acudirse al criterio corrector para ver si queda excluido de la obligación de declarar a tratarse de rentas de escasa cuantía (téngase en cuenta que en la regla 2ª no aparece enumerada la imputación de rentas.

Por tanto, si el premio de 100 euros del Bingo y el resto de rendimientos indicados no supera los 1000 euros, no habría obligación de declarar.
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  • Brunette
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09 Abr 2018 19:47 - 01 May 2019 02:50 #57992 por Brunette
Respuesta de Brunette sobre el tema Obligación de declarar
Hay que tener en cuenta también si hay pérdidas, porque con una pérdida patrimonial de 600€, aunque la ganancia sea de 100€, obligarían a declarar.
Última Edición: 01 May 2019 02:50 por Brunette.

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09 Abr 2018 19:57 #57996 por Innacio
Respuesta de Innacio sobre el tema Obligación de declarar
Esto me recuerda a la pregunta del examen de Agentes de este año:

28. Contribuyente que ha obtenido durante el ejercicio las rentas siguientes:

- Premio de un sorteo por valor de 200 euros (sin retención).
- Tiene un inmueble que le genera imputaciones inmobiliarias por una cuantía de 400 euros.
- Rendimientos de una cuenta bancaria de 300 euros.

A. No está obligado a declarar por obtener ganancia patrimonial y rendimientos de capital mobiliario en
cuantía no superior a 1.600 euros, e imputaciones inmobiliarias inferiores a 1.000 euros.
B. No está obligado a declarar por ser la suma de todas sus rentas no superior a 1.000 euros.
C. Está obligado a declarar por los 200 euros del sorteo.
D. Está obligado a declarar por los 400 euros de las imputaciones inmobiliarias.

Todavía estoy dándole vueltas y sigo sin entender por qué es la letra D, cuando creo que habría que declararlo todo. Entiendo no hay obligación de declarar solo cuando la renta se obtiene exclusivamente de las fuentes que indica el art. 96.2 LIRPF, lo cual no ocurre en este supuesto, ya que hay una ganancia patrimonial no sometida a retención.

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  • roseypunto
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09 Abr 2018 20:44 #58015 por roseypunto
Respuesta de roseypunto sobre el tema Obligación de declarar
Leyendo el 96 de la ley y el 61 del reglamento.. no terminas de entenderlo.. (por lo menos yo) tienes que recurrir a la Regla 1 (61.3 rirpf) y regla 2 (61.2 rirpf) de las que hablan en el manual.. Estas obligado a ir a la regla 2 porque obtienes ganancias patrimoniales sin retencion (que no estan en el 61.3).. y estas obligado a declarar porque entre las rentas de la regla 2 no estan incluidas las imputaciones inmobiliarias...

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  • quimico87
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09 Abr 2018 21:28 #58021 por quimico87
Respuesta de quimico87 sobre el tema Obligación de declarar
Lo ha explicado muy bien webmaster cuando dice que en la regla 2, no aparecen para nada las imputaciones inmobiliarias, por tanto al tener ese tipo de imputaciones está obligado a declarar.
Por eso esa pregunta que pusieron este año llevaba mucho veneno!! que por cierto, yo también fallé y marqué que no estaba obligado a declarar por ser la suma de todas sus retas no son superiores a 1.000 euros.
Un saludo y a por todas en el segundo que ya queda poco!!

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09 Abr 2018 21:41 #58024 por Innacio
Respuesta de Innacio sobre el tema Obligación de declarar

quimico87 wrote: Lo ha explicado muy bien webmaster cuando dice que en la regla 2, no aparecen para nada las imputaciones inmobiliarias, por tanto al tener ese tipo de imputaciones está obligado a declarar.
Por eso esa pregunta que pusieron este año llevaba mucho veneno!! que por cierto, yo también fallé y marqué que no estaba obligado a declarar por ser la suma de todas sus retas no son superiores a 1.000 euros.
Un saludo y a por todas en el segundo que ya queda poco!!


Sí, pero por la regla 2 está obligado a declarar.... todo! No solo las imputaciones inmobiliarias, no? Es que no me queda claro que no se está obligado a declarar solo esas rentas que menciona la regla 2.

Ya es por debatir qué procedería en esos casos, no por nada más xD Mucha suerte en el segundo!

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09 Abr 2018 22:10 - 10 Abr 2018 14:23 #58027 por Brunette
Ten en cuenta que la regla 1 no recoge ganancias patrimoniales sin retención, y al acudir a la regla 2, en el momento de obtener imputaciones de renta inmobiliaria ya estaría obligado a declarar.
Última Edición: 10 Abr 2018 14:23 por Brunette.

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09 Abr 2018 22:32 #58034 por tiroriro
Respuesta de tiroriro sobre el tema Obligación de declarar

Innacio wrote:

quimico87 wrote: Lo ha explicado muy bien webmaster cuando dice que en la regla 2, no aparecen para nada las imputaciones inmobiliarias, por tanto al tener ese tipo de imputaciones está obligado a declarar.
Por eso esa pregunta que pusieron este año llevaba mucho veneno!! que por cierto, yo también fallé y marqué que no estaba obligado a declarar por ser la suma de todas sus retas no son superiores a 1.000 euros.
Un saludo y a por todas en el segundo que ya queda poco!!


Sí, pero por la regla 2 está obligado a declarar.... todo! No solo las imputaciones inmobiliarias, no? Es que no me queda claro que no se está obligado a declarar solo esas rentas que menciona la regla 2.

Ya es por debatir qué procedería en esos casos, no por nada más xD Mucha suerte en el segundo!


Está obligado a declararlo todo, pero digamos que el "por" de la respuesta se refiere a cuál de todo es lo que hace que la balanza se incline a declarar (o no). Si no hubiera tenido esas imputaciones inmobiliarias no hubiera tenido que declarar. Digamos que ese "por" es la causa de que al final sí que tenga de declarar (todo). No sé si así lo pillas mejor. La redacción se las pela un poco
El siguiente usuario dijo gracias: Innacio

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09 Abr 2018 22:33 #58036 por webmaster
Respuesta de webmaster sobre el tema Obligación de declarar

Innacio wrote: Todavía estoy dándole vueltas y sigo sin entender por qué es la letra D, cuando creo que habría que declararlo todo. Entiendo no hay obligación de declarar solo cuando la renta se obtiene exclusivamente de las fuentes que indica el art. 96.2 LIRPF, lo cual no ocurre en este supuesto, ya que hay una ganancia patrimonial no sometida a retención.


Hay que declararlo todo, por imperativo del artículo 2 LIRPF (objeto del impuesto):

Artículo 2. Objeto del Impuesto.

"Constituye el objeto de este Impuesto la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador."

Es decir, se grava la renta mundial del contribuyente del IRPF.

Tal vez el tipo test lo que pretende es plantear la causa de porqué hay que declararlo todo.
El siguiente usuario dijo gracias: Innacio, tiroriro

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  • quimico87
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09 Abr 2018 22:37 #58037 por quimico87
Respuesta de quimico87 sobre el tema Obligación de declarar

Innacio wrote:

quimico87 wrote: Lo ha explicado muy bien webmaster cuando dice que en la regla 2, no aparecen para nada las imputaciones inmobiliarias, por tanto al tener ese tipo de imputaciones está obligado a declarar.
Por eso esa pregunta que pusieron este año llevaba mucho veneno!! que por cierto, yo también fallé y marqué que no estaba obligado a declarar por ser la suma de todas sus retas no son superiores a 1.000 euros.
Un saludo y a por todas en el segundo que ya queda poco!!


Sí, pero por la regla 2 está obligado a declarar.... todo! No solo las imputaciones inmobiliarias, no? Es que no me queda claro que no se está obligado a declarar solo esas rentas que menciona la regla 2.

Ya es por debatir qué procedería en esos casos, no por nada más xD Mucha suerte en el segundo!


Esa regla es solo para los rendimientos que cita!! las imputaciones inmobiliarias no están!! a mí también me costó mucho entenderlo...

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09 Abr 2018 22:45 - 09 Abr 2018 22:46 #58038 por Innacio
Respuesta de Innacio sobre el tema Obligación de declarar

tiroriro wrote:

Innacio wrote:

quimico87 wrote: Lo ha explicado muy bien webmaster cuando dice que en la regla 2, no aparecen para nada las imputaciones inmobiliarias, por tanto al tener ese tipo de imputaciones está obligado a declarar.
Por eso esa pregunta que pusieron este año llevaba mucho veneno!! que por cierto, yo también fallé y marqué que no estaba obligado a declarar por ser la suma de todas sus retas no son superiores a 1.000 euros.
Un saludo y a por todas en el segundo que ya queda poco!!


Sí, pero por la regla 2 está obligado a declarar.... todo! No solo las imputaciones inmobiliarias, no? Es que no me queda claro que no se está obligado a declarar solo esas rentas que menciona la regla 2.

Ya es por debatir qué procedería en esos casos, no por nada más xD Mucha suerte en el segundo!


Está obligado a declararlo todo, pero digamos que el "por" de la respuesta se refiere a cuál de todo es lo que hace que la balanza se incline a declarar (o no). Si no hubiera tenido esas imputaciones inmobiliarias no hubiera tenido que declarar. Digamos que ese "por" es la causa de que al final sí que tenga de declarar (todo). No sé si así lo pillas mejor. La redacción se las pela un poco


Aaaaaah, ahora lo pillo. Es que el sentido de la frase se las trae, se puede entender (y así lo entendía yo) que tiene que declarar (o sea, presentar declaración) por los 400 euros de las imputaciones solamente. Madre mía, vaya telita con las preguntitas xD
Última Edición: 09 Abr 2018 22:46 por Innacio.

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  • Opositormadrid
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10 Abr 2018 13:57 #58161 por Opositormadrid
Respuesta de Opositormadrid sobre el tema Obligación de declarar
Es por el sentido de la frase, hay que declarar todo, también la renta inmobiliaria.

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25 Ago 2021 18:08 #126243 por CSHI22
Respuesta de CSHI22 sobre el tema Obligación de declarar

Gadel wrote: Retomo este hilo (creo que la pregunta 28 examen agentes 2017 ha dado lugar a varios hilos porque opositor que repasa se atasca con lo mismo: YO SIGO SIN VERLO)

Mi razonamiento es que quisieron ser puñeteros y lo liaron tanto que debieron anularlo. O que yo no me entero de nada y el resto del mundo sí jajajajaja

En el 96.2.c) LIRPF habla de rentas imputables del 85, por tanto, no llega a 1.000 € anuales por lo que yo veo que NO DEBERÍA declarar

Ahora bien, los 200 € del sorteo... ¿De qué son? Lo mismo no hay retención porque no se tributa por ellos... Por ser inferior a los 40.000 € de la disposición adicional trigésima tercera

Duda de interpretación:

En caso de estar exento del gravamen especial (por la DA33 LIRPF) ¿vuelve a poder entrar a declararse por dicha cantidad por el artículo 96?

¿Es como repescar algo que no has podido pillar en una primera criba y lo coges por otra vía?

No le veo ningún sentido, si está exento se deja el sorteo aparte. Y sin sorteo, solo rentas imputadas no se tendría que declarar


Los resultados de un sorteo son ganancias patrimoniales.

Aquí hay que ir por pasos:
Regla 1: no se cumple porque hay ganancias patrimoniales no sometidas a retención.
Así que hay que ir a la regla 2.

Regla 2: no se cumple porque las imputaciones de renta no se contemplan en la segunda regla.

No cumple ninguna. Obligado a declarar.

Es como una persona que tenga actividades económicas y rentas inmobiliarias imputadas. Siempre obligado porque por la AAEE no cumple regla 1 y por la imputación de rentas no cumple la regla 2

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