¿se puede aplazar parcialmente una deuda tributaria por parte de una Sociedad Limitada?

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01 Oct 2018 17:13 - 02 Oct 2018 08:00 #69805 por Agente 2016
Buenas tardes,
si alguien me puede ayudar, ¿se puede aplazar parcialmente una deuda tributaria por parte de una s.l.?
Estoy mirando en la ley y en el reglamento, y veo que se puede aplazar o fraccionar una deuda tributaria. Pero si quiero pagar una parte, y la otra aplazarla, ¿se puede hacer? me imagino que sí, pero en la ley no lo encuentro, y ¿cómo sería? Porque no puedo domiciliar la deuda, porque una parte la aplazo, entonces Cómo hago. Voy al banco y que me dean el NRC, pero solo para una parte de la deuda, pero cúando envio la autoliquidación, me sale todo el importe.
Gracias.
Última Edición: 02 Oct 2018 08:00 por webmaster.

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  • Enrique
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01 Oct 2018 17:43 #69807 por Enrique
Respuesta de Enrique sobre el tema APLAZAMIENTO PARCIAL DE UNA DEUDA TRIBUTARIA
Hola. No estoy completamente seguro pero creo que deberías solicitar a la AT una carta de pago por el importe del ingreso que vayas a efectuar y solicitar el aplazamiento por el resto.

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01 Oct 2018 18:18 #69810 por Agente 2016
Respuesta de Agente 2016 sobre el tema APLAZAMIENTO PARCIAL DE UNA DEUDA TRIBUTARIA
Gracias, pero en la ley, ¿aparece recogido esta opción?

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01 Oct 2018 18:22 #69811 por mmp2017
Respuesta de mmp2017 sobre el tema APLAZAMIENTO PARCIAL DE UNA DEUDA TRIBUTARIA
Indicas el importe que deseas pagar, aportando NRC efectivamente, y el resto haces un reconocimiento de deuda que puedes aplazar o compensar posteriormente.

Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con imposibilidad de pago.
Deberá indicar el importe que desea pagar (aportando el NRC correspondiente a dicho importe, suministrado por su banco u obtenido mediante el Pago Telemático de impuestos con entidades concertadas) y el importe por el que desea reconocer deuda. En el momento presentación telemática de la declaración se reconocerá una deuda por el importe pendiente de pago, y obtendrá una clave de liquidación de la deuda. Con dicha clave de liquidación, si así lo desea, podrá solicitar con posterioridad el aplazamiento o compensación del importe anterior

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01 May 2019 20:49 #81669 por VL
Depende del tipo de deuda tributaria que se pretenda aplazar. Si son retenciones, pagos fraccionados o iva (exceptuando la parte de iva que corresponda a facturas no cobradas), no se puede aplazar. Si se trata de la cuota del impuesto de sociedades anual si es posible solicitar el aplazamiento o fraccionamiento.

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02 May 2019 01:34 - 02 May 2019 01:35 #81688 por ZZZ

Agente 2016 wrote: Buenas tardes,
si alguien me puede ayudar, ¿se puede aplazar parcialmente una deuda tributaria por parte de una s.l.?
Estoy mirando en la ley y en el reglamento, y veo que se puede aplazar o fraccionar una deuda tributaria. Pero si quiero pagar una parte, y la otra aplazarla, ¿se puede hacer? me imagino que sí, pero en la ley no lo encuentro, y ¿cómo sería? Porque no puedo domiciliar la deuda, porque una parte la aplazo, entonces Cómo hago. Voy al banco y que me dean el NRC, pero solo para una parte de la deuda, pero cúando envio la autoliquidación, me sale todo el importe.
Gracias.


Por la fecha en que estamos, me imagino que te refieres al modelo 202. El pago fraccionado del IS es inaplazable (art. 65.2 LGT), no como otros pagos fraccionados. Ten en cuenta que es una deuda en periodo ejecutivo desde el 21/04, cada día que lo demores puede marcar la diferencia entre pagar un recargo de un 5% o de un 10%.
Última Edición: 02 May 2019 01:35 por ZZZ.

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