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Agente 2016 wrote: Buenas tardes,
si alguien me puede ayudar, ¿se puede aplazar parcialmente una deuda tributaria por parte de una s.l.?
Estoy mirando en la ley y en el reglamento, y veo que se puede aplazar o fraccionar una deuda tributaria. Pero si quiero pagar una parte, y la otra aplazarla, ¿se puede hacer? me imagino que sí, pero en la ley no lo encuentro, y ¿cómo sería? Porque no puedo domiciliar la deuda, porque una parte la aplazo, entonces Cómo hago. Voy al banco y que me dean el NRC, pero solo para una parte de la deuda, pero cúando envio la autoliquidación, me sale todo el importe.
Gracias.
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