Koko wrote: Hola a todas/os,
Con la fianza.....cuando la pagamos (al principio del contrato), contabilizamos por su valor actual, y la diferencia a gastos anticipados. Vale..Conforme la actualizamos, abonamos a ingresos por creditos , es decir, (260) Fianzas a largo a (712) Ingresos por créditos y al mismo tiempo....(6) arrendamientos a (26) gasto anticipados ???
Un ingreso y un gasto al mismo tiempo ??? y porqué ingresos por créditos? que créditos si es un arrendamiento como la copa de un pino???
NRV 9. APARTADO 5.6. "
5.6. Fianzas entregadas y recibidas
En las fianzas entregadas o recibidas por arrendamientos operativos o por prestación de servicios, la diferencia entre su valor razonable y el importe desembolsado (debida, por ejemplo, a que la fianza es a largo plazo y no está remunerada) se considerará como un pago o cobro anticipado por el arrendamiento o prestación del servicio, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias durante el periodo del arrendamiento, conforme a lo señalado en el apartado 2 de la norma sobre arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar, o durante el periodo en el que se preste el servicio, de acuerdo con la norma sobre ingresos por ventas y prestación de servicios.
Al estimar el valor razonable de las fianzas, se tomará como periodo remanente el plazo contractual mínimo comprometido durante el cual no se pueda devolver su importe, sin tomar en consideración el comportamiento estadístico de devolución.
Cuando la fianza sea a corto plazo, no será necesario realizar el descuento de flujos de efectivo si su efecto no es significativo."
Yo le doy la siguiente explicación, la fianza se ha acordado entre arrendador y arrendatario que no devengue intereses, pero por imperativo de la norma contable, que exige tener en cuenta el efecto financiero del tiempo (algo que nos queda claro estudiando matemáticas financieras), entonces la diferencia entre el valor actual y el pago se considera un gasto anticipado (480) que tiene su causa en el contrato de arrendamiento que se irá devengando durante el periodo de arrendamiento a la cuenta de gastos por arrendamiento (621) por ser un "coste" más del acuerdo entre arrendatario y arrendador (que no devengue intereses la fianza).
A su vez la fianza se va actualizando financieramente con su registro contable en el resultado financiero (cuenta 762). Es verdad que este ingreso financiero no tiene fiel reflejo en una flujo de tesorería de entrada de dinero, ni realmente hay un acuerdo para que devengue intereses, por eso se compensa con su correlativo gasto por arrendamiento, (ingreso - gasto = 0 efecto en la cuenta de resultados).