Actas con acuerdo - conformidad parcial a los elementos regularizados no incluidos en el acta de acuerdo (cantidad a devolver)

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21 Nov 2018 15:55 - 21 Nov 2018 16:51 #71918 por ZZZ
El art. 186.8 c) 2ª LGT no llega a explicar cuál sería el contenido del acta de disconformidad. Debería incluir todos los elementos regularizados de la obligación tributaria (incluidos y no incluidos en el acta con acuerdo? O exlusivamente los elementos a los que presta conformidad (no incluidos en el acta con acuerdo)? Es que en este último caso... no le veo sentido a que la cuota tributaria incluida en la propuesta de liquidación contenida en el acta con acuerdo minore la contenida en el acta de disconformidad.
Última Edición: 21 Nov 2018 16:51 por webmaster.

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21 Nov 2018 16:23 #71921 por Innacio
Incluirá todos los elementos regularizados, incluidos los contenidos en el acta con acuerdo. Las liquidaciones derivadas de un acta con acuerdo son provisionales, y la liquidación del acta de disconformidad, cuando incluya todos los elementos regularizados, será definitiva. Por eso se incluyen todos, para que salga ya la liquidación definitiva y por eso se minora la cuota de la propuesta de liquidación derivada del acta con acuerdo. Siempre que haya un acta con acuerdo que no incluya todos los elementos regularizados o haya conformidad parcial con la regularización, al final debe haber un acta de disconformidad que lo recoja todo, para que salga la liquidación definitiva.
El siguiente usuario dijo gracias: ZZZ

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21 Nov 2018 20:43 #71939 por Inspector ghaches
Innacio una cosa.
Sabes el art de la ley o del rto. Para ver lo de que la liquidación del Acta con acuerdo es provisional.
Lo he visto pero no se Ahora donde!!! Gracias de antemano.

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22 Nov 2018 06:25 - 22 Nov 2018 08:40 #71955 por Innacio
Sí, en el art. 101.1.4 b) LGT. Además de esos dos casos, en ese apartado se cita las comprobaciones de valor, cuando no sean el único objeto del procedimiento.

Edito: Corregí el número del artículo... un lapsus xD
Última Edición: 22 Nov 2018 08:40 por Innacio.

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22 Nov 2018 08:32 #71959 por Inspector ghaches

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22 Nov 2018 08:35 #71960 por Inspector ghaches
Y si en las actas con acuerdo el obligado tributario presta conformidad a toda la propuesta del liquidación y se han regularizado todos los elementos de la obligación.
Ahí también sería una liquidación provisional?

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22 Nov 2018 08:52 #71963 por Innacio
Entonces ya no sería aplicable lo previsto en el art. 101.4.b) LGT, así que en principio la liquidación que se derive de ese acta sería definitiva. A no ser que pudiera ser provisional porque todavía proceda aplicar otros supuestos previstos en el art. 101.4 LGT distintos de la letra b).
El siguiente usuario dijo gracias: Inspector ghaches, ZZZ

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