Hola. ¿Alguien me puede decir en que artículo del a Ley 22/2003 Concursal se hace referencia a la prohibición absoluta para el ejercicio del comercio? En los apuntes de CEF hace referencia al art. 13.2º redactado por la Ley 38/2011 pero yendo a la Ley Concursal el artículo trata de "Plazo para proveer".
Muchas gracias.
galinauta wrote: Hola. ¿Alguien me puede decir en que artículo del a Ley 22/2003 Concursal se hace referencia a la prohibición absoluta para el ejercicio del comercio? En los apuntes de CEF hace referencia al art. 13.2º redactado por la Ley 38/2011 pero yendo a la Ley Concursal el artículo trata de "Plazo para proveer".
Muchas gracias.
Disposición final segunda. Reforma del Código de Comercio.
El Código de Comercio queda modificado en los términos siguientes:
1. El apartado 2.º del artículo 13 queda redactado de la forma siguiente:
"2.º Las personas que sean inhabilitadas conforme a la Ley Concursal mientras no haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso."
Creo que una vez más el cef demuestra sus capacidades para liarse sin necesidad.