- Gracias recibidas: 0
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.
CLALLA wrote: Hola de nuevo....a ver si podéis ayudarme con esto del cómputo...
el artículo 30 LPAC, que habla de los plazos para el administrado, dice que comienzan el día siguiente de la notificación o publicación o efectos del silencio. Si son meses o años terminarán el día de la publicación, notificación o silencio del mes o año del vencimiento. Entiendo entonces que notificas 3 de abril, y si el plazo es de un mes, concluye el 3 de mayo.
Por su parte el 21 regula el plazo para resolver de la administración, computándose desde la fecha de comunicación de inicio o de entrada de la solicitud en el registro.....si por ejemplo el inicio del procedimiento se comunica un 3 de abril....y tiene 6 meses....significa que está obligada a notificar resolución antes del 2 de octubre? Y entonces el 3 se produciría la caducidad?
Mil gracias!!
Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.