En las actas con conformidad parcial (art. 187 RGAT)l es diferente, sigue habiendo un acta de disconformidad que integra todos los elementos regularizados, y se sigue considerando la cuota que contiene su propuesta de liquidación, tanto si los hechos a los que presta la conformidad parcial dan lugar a una cantidad a ingresar o devolver.
En el caso art. 188.4 RGAT, como se mantiene la propuesta de liquidación, entiendo que el OT podría manifestar conformidad (o conformidad parcial con algunos de los hechos que integren dicha propuesta) hasta que se dicte la liquidación.
La duda del art. 188.3 RGAT viene por la frase: "La admon. dictará el acto administrativo que corresponda". No estaba segura tampoco de si se abría la posibilidad de manifestar confomidad parcial. Entiendo entonces que las opciones de la Admon. y la posibilidad de aplicar la reducción del 30% del art. 188.1 b) RGAT serían en resumen así:
-liquidación-> hasta que ésta se emitiese, el OT puede cambiar de opinión y manifestar conformidad ( art. 7 RGRST) o conformidad parcial (art. 187 RGAT) a la propuesta regul. inicial.
-Acuerdo rectificación -> si manifiesta conformidad o conformidad parcial con la nueva propuesta.
-Acuerdo completar expediente -> Caso 188.4 a) RGAT:si manifiesta conformidad o conformidad parcial con la nueva propuesta. Caso art. 188.4 b): Hasta que se emita la liquidación, si cambia de opinión y manifiesta conformidad total o parcial.