Al final del primer párrafo del art. 23 de la Ley 39/2015 figura la expresiòn "podrá acordar de manera motivada la ampliaciòn del plazo máximo de resoluciòn y notificaciòn, no pudiendo este ser superior al establecido para la tramitaciòn del procedimiento".
¿Cuando habla del "establecido para la tramitaciòn del procedimiento" a cual se refiere? ¿A los plazos de 6 y 3 meses a que hacen referencia los puntos 2 y 3 del artìculo 22 respectivamente?
Un saludo y muchas gracias.