¿Sanción del art. 198.2 LGT o recargo del art. 27 LGT?

Más
30 Ene 2019 16:41 - 31 Ene 2019 16:53 #74807 por Saytek
Hola,

En los apuntes que tengo de preparando tributario, explican el articulo 178 LGT, principio de responsabilidad en materia de infracciones tributarias, y luego pone dos ejemplos que no consigo entender bien;

El primero dice, que Juan presenta autoliquidación del IRPF 2014 el 1 de junio de 2015, con resultado a ingresar de 500 euros. El 1 de agosto, tras advertir errores en su primera declaración, presenta autoliquidación complementaria ingresando 1000 euros adicionales.

Pregunta que cual es la consecuencia de la complementaria y dice que le aplica el art. 27 LGT, el recargo del 5% por extemporaneo con la reducción del 25% si cumple los requisitos y que no incurrirá en responsabilidad por dejar de ingresar los 1000 euros en la primera declaración (Entiendo que aquí hace referencia al artículo 178.3). Hasta aquí bien.

La cosa es que luego, pone un segundo ejemplo que es exactamente igual, mismas fechas, sólo cambia que en lugar de ingresar la primera autoliquidación le sale 500 a devolver, y en la complementaria, solicita 200 euros en lugar de los 500 iniciales.

Pues para la misma pregunta que la anterior, aquí dice que por la presentación extemporanea se comete infracción leve del art. 198.2 LGT sancionable con 100 euros (multa fija) reducible en un 25%, y que no incurrirá en responsabilidad por solicitar indebidamente los 300 euros iniciales.

Por qué ésta diferencia? La única diferencia que hay es que en el primer ejemplo tiene que ingresar y en el segundo es a devolver, pero no deberían de aplicarse a ambas el mismo criterio?
Última Edición: 31 Ene 2019 16:53 por webmaster.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • manuoc94
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
30 Ene 2019 17:08 #74809 por manuoc94
Respuesta de manuoc94 sobre el tema ¿Sanción del art. 198.2 LGT o recargo del art.27 LGT?
Porque el artículo 27 se aplica para autoliquidaciones o declaraciones extemporáneas sin requerimiento previo que resulten a ingresar. No procede aplicar el artículo 27 cuando presentas una complementaria que solicitas una devolución menor. Entonces, conlleva sanción del artículo 198 porque no ha presentado en plazo la autoliquidación extemporánea sin que produzca perjuicio económico.
Si por ejemplo, no presenta complementaria y, se lo devuelven los 500€ cuando le correspondían solo 200€, artículo 193 LGT obtención indebidamente devoluciones. Y si tampoco presenta complementaria, pero no le han devuelto simplemente el contribuyente había solicitado una devolución por 500€, cuando en realidad le correspondían sólo 200€ entonces 194 LGT por solicitar indebidamente devoluciones. Creo que eres así, sino que alguien me corrija y, espero haberte ayudado

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
30 Ene 2019 17:54 #74817 por Aesenar
Respuesta de Aesenar sobre el tema ¿Sanción del art. 198.2 LGT o recargo del art.27 LGT?
Opino igual que el compañero, el artículo 27 lgt se aplica para ingresos extemporáneos y exonera de sanciones.
Si no hay ingreso, no hay exoneración. Por lo que se aplicaría el régimen sancionador.
El siguiente usuario dijo gracias: Saytek

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
30 Ene 2019 18:35 #74819 por Saytek
ahh vale ya entiendo, muchas gracias a los dos!

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • Apumdi
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
31 Ene 2019 07:30 #74843 por Apumdi
Todo esto... De momento claro, porque en la reforma que se está tramitando creo que lo van a cambiar para que sea exigible el recargo del 27.

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

  • FyB
  • opositor iniciado
  • opositor iniciado
Más
31 Ene 2019 13:29 #74951 por FyB
El año pasado hicieron modificaciones en la ley dos meses antes del examen, ¿ creéis que este año nos cogerá la reforma también?

Por favor, Conectar o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.207 segundos