Supongo que te refieres a los casos que enumera el articulo 6, creo que sería relativa los enumerados en el punto 1 y 3, dado que en cualquier momento podrían renunciar a dicha condición y presentarse a las elecciones; mientras que los enumerados en el punto 2 han de esperar a cumplir la pena o que se anule en sentencia firme.