IVA. Anticipos a cuenta en adquisiciones intracomunitarias e importaciones

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11 Feb 2019 13:51 - 12 Feb 2019 10:35 #75772 por maharana
Buenas en cuanto a los anticipos por venta de bienes y prestaciones de servicios, recibidos u otorgados, estarán sujetos y no exentos a IVA siempre que se trate de Operaciones interiores.

En el caso de adquisiciones intracomunitarias e importaciones , no estarían sujetos los anticipos

¿Es así?
Última Edición: 12 Feb 2019 10:35 por webmaster.

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11 Feb 2019 15:05 - 14 Feb 2019 17:32 #75779 por ZZZ
Respuesta de ZZZ sobre el tema CONTABILIDAD. ANTICIPOS.IVA
La cuestión es cuándo se produce en devengo del IVA. En las operaciones intracomunitarias no se produce devengo de IVA por el cobro/pago anticipados a la realización del hecho imponible, contrariamente a la regla general que ocurre en las operaciones de interior, sino que tendrá lugar cuando se expida la factura, con una fecha límite: el 15 del mes siguiente a aquél en que se inicie el transporte de los bienes destino al adquirente.
Otro tema es que la operación interior esté sujeta y exenta o no sujeta, que viene en los arts 20 y 7 LIVA, respectivamennt.
En cuanto a las importaciones, la LIVA sólo recoge como devengo, el momento en que tenga lugar el devengo de los derechos de importación.
En cuanto a Ceuta, Melilla y Canarias, ni se consideran TAI, ni las operaciones con ellos tienen la consideración de intracomunitarias. El tratamiento es el mismo que si se realizasen con terceros países.
Última Edición: 14 Feb 2019 17:32 por ZZZ.

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