Hola, tengo el siguiente enunciado, con su correspondiente solución, le doy mil vueltas y me sale diferencia temporal deducible (activo), si alguien me puede explicar por qué no es así, estaría eternamente agradecida jaja
Una maquinaria ha sido amortizada contablemente por un importe superior en 15.000 euros a la correspondiente cuota fiscal, por encontrarnos en los últimos años de vida útil de la misma en una amortización regresiva, desde el punto de vista fiscal, y lineal, desde el punto de vista contable.
Solución : Los primeros años la amortización fiscal ha superior a la contable generando un pasivo por diferencia temporaria imponible que revierte los últimos años de vida útil de la máquina.