La referencia a las deudas no tiene un significado particular, entiendo que es simplemente la manera que han tenido de redactarlo. El significado que subyace al párrafo que has comentando es que para los del 42.2 LGT no hay suspensión automática ni siquiera cuando hablamos de sanciones.
O, dicho en roman paladino, en el caso de responsables solidarios del 42.2 les derivamos en ejecutiva con sus recargos, no pueden impugnar la liquidación/sanción que sea, sólo el alcance global de la responsabilidad, no hay reducciones del 188 y no hay suspensión automática y cese del devengo de los intereses de demora automáticos ni siquiera en lo referente a las sanciones.
Un saludo.
Millones de personas vieron manzanas caer. Sólo Newton se preguntó el por qué.