Pues yo opino que las pérdidas y roturas de existencias simplemente se regularizan al final del año al contabilizar la variación de existencias, sin importar como se han producido.
En el plan no se dice nada ni en la NRV ni en las cuentas. Si en la 678 dice explícitamente que allí irán los gastos de inundaciones pero no creo que se refiera a las existencias sino a las reparaciones, limpieza, etc.
Es que como tu lo planteas, no se informa de ninguna forma de como se han consumido las existencias. En el caso del incendio, se disminuyen los costes de aprovisionamiento