Hola,
Es como dices, la modificación en el mod. 347 tiene que hacerse en el trimestre en que se produzca la circunstancia que dé lugar al cambio. En el supuesto del examen se incluiría en el modelo en el 2T de 2011 (el modelo es anual pero, como regla general, se desglosa en trimestres), siempre que el importe de esta modificación, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad
en el año natural, supere 3.005,06 €. Ciñéndonos a los datos del enunciado, no habría que incluirlo.
La parte relativa a modelos me la he estudiado directamente por la web de la AEAT pq me hacía un caos con los apuntes del CEF y no me fiaba de los plazos (a veces, la web tb está desactualizada). En cada modelo aparece una pestaña de ayuda o preguntas frecuentes, en éste aparece incluso este ejemplo.