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Dracarys wrote: Una pregunta. En caso de tributación conjunta, cuando un cónyuge tiene 66 años y el otro 76 años.. cuál sería el mínimo del contribuyente correcto ??
a) 5550 + 1150 (del cónyuge mayor de 65 años) + 1400 (del cónyuge mayor de 75 años)
b) 5550 + 1150 (Del cónyuge mayor de 65 años) + (1150+1400) (del cónyuge mayor de 75 años)
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ccm wrote:
Dracarys wrote: Una pregunta. En caso de tributación conjunta, cuando un cónyuge tiene 66 años y el otro 76 años.. cuál sería el mínimo del contribuyente correcto ??
a) 5550 + 1150 (del cónyuge mayor de 65 años) + 1400 (del cónyuge mayor de 75 años)
b) 5550 + 1150 (Del cónyuge mayor de 65 años) + (1150+1400) (del cónyuge mayor de 75 años)
Para mí es la a) porque la de 1150 no se puede multiplicar o elevar en función del número de miembros de la unidad familiar y en la opción b) lo estás aplicando 2 veces el del cónyuge mayor de 65 años.
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marco_asnsio20 wrote: Esperaba de tí que saltases
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