IRPF. Trabajador recibe remuneración en acciones y compra por su cuenta otras acciones de la misma empresa. Venta posterior de parte de la cartera de acciones. ¿cuáles ha vendido?

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31 May 2019 17:31 - 02 Jun 2019 09:04 #84064 por Lupin_3rd
Buenas, el otro día me planteó un amigo una duda real sobre la tribulación de sus acciones y la verdad es que no supe responderle y ahora me pica la curiosidad. Soy opositor de Agentes de Hacienda y creo que escapa un poco al temario (o me falta estudiar más, jeje). La duda es la siguiente:

El recibió acciones de la empresa, que en principio tributan como rendimientos del trabajo en especie y están exentos hasta los 12.000 euros si no estoy equivocado. Estas acciones tienen como particularidad que hay que mantenerlas al menos 3 años según el RIRPF.

Por otro lado, posteriormente compró acciones de su empresa por su cuenta. Éstas tributarian ya como ganancias o pérdidas patrimoniales según el caso. Obviamente en su cartera todas las acciones están juntas.

Finalmente vendió parte de las acciones antes de que pasaran los 3 años. Su intención era vender obviamente las últimas que había comprado por su cuenta, no las que le había dado la empresa. Pero según tengo entendido Hacienda usa el método FIFO para las acciones. Las primeras en entrar son las primeras en salir. Por lo que en teoría estaría vendiendo las que le dio la empresa y por tanto incumpliendo la regla de los 3 años. Mi pregunta es si esto es así, o si en este caso no se tiene en cuenta el método FIFO para las acciones que le dio la empresa.

Gracias.
Última Edición: 02 Jun 2019 09:04 por webmaster.

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  • flopez121
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31 May 2019 18:36 - 31 May 2019 18:37 #84075 por flopez121
Respuesta de flopez121 sobre el tema Duda sobre acciones e IRPF
Hacienda las contabiliza según el método FIFO.
Hasta ahí, está claro que para Hacienda las que ha vendido son primero las recibidas de la empresa, y si estas fueran menos de las que vendió, pues parte de las compradas posteriormente, incluso aunque estén en distintas cuentas.
Todo esto tributa como ganancia o pérdida patrimonial, independientemente de que sean unas o otras.
Precio de venta restando los gastos - Precio de compra o de valoración del sueldo en especie, y sus gastos añadidos. Ten en cuenta que ha debido declarar el precio de "compra" de dichas acciones como rendimiento del trabajo en especie en su día.
Respecto a la empresa, no se como será el acuerdo de adjudicación de acciones a los empleados, ni que penalización tienen por no respetar el plazo de 3 años; pero es posible que el acuerdo sólo fije que durante 3 años tenga que tener al menos X acciones en su cartera de valores
Última Edición: 31 May 2019 18:37 por flopez121.

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31 May 2019 19:06 #84082 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema Duda sobre acciones e IRPF
Creo que no me he explicado. Las acciones de la empresa tributan como rendimiento del trabajo pero estan exentas hasta 12.000 euros siempre y cuando se mantengan al menos 3 años. Esto es por ley, no por acuerdo de la empresa ni nada parecido. Concretamente artículo 43 RIRPF. Esto quiere decir que si las vendes antes de pasar los 3 años hay que presentar una complementaria con intereses de demora y todo eso. La duda viene de si debe presentar la complementaria o en este caso el método FIFO no cuenta para esas acciones en concreto...

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  • jlbr47
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04 Jun 2021 09:49 #123962 por jlbr47
Respuesta de jlbr47 sobre el tema Duda sobre acciones e IRPF
Buenas!
Rescato este tema, ya que estoy justo en esa misma situación

He vendido un paquete de acciones, de las cuales una parte me las entregó la empresa como parte de mi retribución. Este tipo de remuneración está exenta de pagar IRPF en el momento que te las dan si cumples una serie de requisitos, entre los que están mantenerlos 3 años en cartera. En mi caso lo tienes que cumplir si so si ya que están bloqueados durante 3 años para la venta.

La cuestión es que yo había comprado algunos más durante la pandemia. Se que en circunstancias normales las ventas siempre son FIFO, las acciones que se venden son las primeras que se compraron. Pero daba por hecho que esta norma 'se saltaría' las bloqueadas. Es decir, si tengo 10 de 2010 libres, 10 de 2020 aun bloqueadas, y 10 de 2021 libres, daba por hecho que si vendía 20 me quedarían en cartera las 10 de 2020

En el apartado de 'rentabilidad' que me muestra mi banco online no dice eso. No se ha saltado (y mantenido en cartera) las que yo asumía como bloqueadas sino que ha aplicado igualmente el FIFO. Me siguen apareciendo el mismo número de bloquedas, pero se han vendido (según los cáculos de rentabilidad) las más antiguas

Necesitaría aclarar si es 'error' de visualización de la aplicación del banco por ser un caso especial, o si en efecto los bloqueos 'se mueven' a las más recientes y se aplica FIFO. Es muy relevante a la hora de calcular la pérdida/ganancia. Vamos que me he roto los esquemas ;)

Saludos!
Jose

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