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Innacio wrote: Pon el enunciado completo del supuesto, porque tal y como lo has dicho no me cuadra nada. Primero que si el día en que se inicia el cómputo es el 21 de diciembre, se deben contar 11 días del mes de diciembre y no 10. Luego el mes de enero tiene 31 días, y no 30. Depués dependiendo de si el año es bisiesto o no, febrero puede tener 28 o 29 días. Lo único que cuadra es que si la fecha de vencimiento de la fracción es el 5 de marzo, se incluyen en el cómputo los cinco días del mes de marzo. En cualquier caso la diferencia sería mucha, tal y como lo has expuesto serían 10+30+28+5=73 días... cuando según el supuesto que comentas son 65 días. Algo no cuadra ahí... pon el supuesto completo porque igual has omitido o añadido algo.
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Innacio wrote: Pon el enunciado completo del supuesto, porque tal y como lo has dicho no me cuadra nada. Primero que si el día en que se inicia el cómputo es el 21 de diciembre, se deben contar 11 días del mes de diciembre y no 10. Luego el mes de enero tiene 31 días, y no 30. Depués dependiendo de si el año es bisiesto o no, febrero puede tener 28 o 29 días. Lo único que cuadra es que si la fecha de vencimiento de la fracción es el 5 de marzo, se incluyen en el cómputo los cinco días del mes de marzo. En cualquier caso la diferencia sería mucha, tal y como lo has expuesto serían 10+30+28+5=73 días... cuando según el supuesto que comentas son 65 días. Algo no cuadra ahí... pon el supuesto completo porque igual has omitido o añadido algo.
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