En primer lugar los enunciados dicen (como bien comentas) que NO ES NECESARIO lo cual quiere decir que lo usas si lo consideras oportuno y si no pues no lo usas.
Claro esta, el RD 1514/2007 establece la utilizacion de cuentas de los grupos 8 y 9 en el caso de subvenciones y donaciones imputadas a PN, mientras que en el RD 1515/2007 no se aplican cuentas de esos grupos. Pues bien, los enunciados no tienen informacion suficiente para determinar si estamos ante una PYME o no y a no ser que de forma explicita dijese que hay que usar el RD 1514/2007, eres libre de usar el plan de Pymes (obviamente siempre que no sea incoherente con el supuesto al que te enfrentas).
Dicho lo anterior la subvencion o donacion la llevas directamente contra cuentas del subgrupo 13 y de evitas regularizar al final del ejercicio; por lo demas , los criterios de imputacion a P y G son los mismos salvo que no usas tampoco grupos 8 y 9.
Ejemplo en archivo adjunto