La diligencia de embargo si no la recurrió en su día, ya es firme.
El recurso de reposición contra el acuerdo de enajenación, en el caso que planteas, será inadmitido.
No obstante, el contribuyente puede "solicitar" que se inicie DE OFICIO el procedimiento de revocación tanto de la diligencia de embargo, como del acuerdo de enajenación.