Aplazamientos y Fraccionamientos (artículo 54 RGR) en los fraccionamientos ¿el Recargo Ejecutivo se calcula sobre el principal de la deuda o como pasa en los aplazamientos sobre principal e intereses

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20 Sep 2019 10:37 - 20 Sep 2019 12:16 #89241 por APAE
El Art. 54 del RGR en su apartado 1.a (Aplazamientos) especifica "Se exigirá el ingreso del principal de la deuda, los intereses de demora devengados a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta la fecha del vencimiento del plazo concedido y el recargo del periodo ejecutivo sobre la suma de ambos conceptos."
Sin embargo el apartado 2.a (Fraccionamientos sin garantía o garantía para el conjunto de las fracciones) cuando se refiere al procedimiento de apremio no especifica sobre que cuantía se calcula el Recargo Ejecutivo "Se exigirán los intereses de demora devengados a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta la fecha del vencimiento de pago de la fracción incumplida".
¿Entendéis que el Recargo Ejecutivo se calcula sobre el principal de la deuda o como pasa en los aplazamientos se calcula sobre el principal de la deuda más los intereses de demora? .

Gracias por vuestras respuestas
Última Edición: 20 Sep 2019 12:16 por webmaster.

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20 Sep 2019 10:45 #89243 por AAEAT95
Respuesta de AAEAT95 sobre el tema Duda sobre Aplazamientos y Fraccionamientos.

APAE wrote: El Art. 54 del RGR en su apartado 1.a (Aplazamientos) especifica "Se exigirá el ingreso del principal de la deuda, los intereses de demora devengados a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta la fecha del vencimiento del plazo concedido y el recargo del periodo ejecutivo sobre la suma de ambos conceptos."
Sin embargo el apartado 2.a (Fraccionamientos sin garantía o garantía para el conjunto de las fracciones) cuando se refiere al procedimiento de apremio no especifica sobre que cuantía se calcula el Recargo Ejecutivo "Se exigirán los intereses de demora devengados a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta la fecha del vencimiento de pago de la fracción incumplida".
¿Entendéis que el Recargo Ejecutivo se calcula sobre el principal de la deuda o como pasa en los aplazamientos se calcula sobre el principal de la deuda más los intereses de demora? .

Gracias por vuestras respuestas



Entiendo que el recargo se aplica solo sobre el principal de la deuda.
El apartado 2a menciona incumplimiento de fracción que incluye deudas en ejecutiva y voluntaria. El aplazamiento sólo habla de deudas en voluntaria, en este caso.

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20 Sep 2019 10:50 - 20 Sep 2019 10:53 #89244 por zumodemono
Respuesta de zumodemono sobre el tema Duda sobre Aplazamientos y Fraccionamientos.
El Recargo Ejecutivo se calcula sobre el total del importe de la deuda no satisfecha en periodo voluntario.
Última Edición: 20 Sep 2019 10:53 por zumodemono.

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