Qué implica la aclaración "sin perjuicio de lo establecido en la letra siguiente" del art. 5, uno, a) LIVA?
¿Quiere decir una sociedad mercantil, salvo prueba en contrario, que realice exclusivamente operaciones a título gratuito, SÍ tenrá la consideración de empresario o profesional?
Así es: las sociedades mercantiles se considerán siempre empresarias a efectos de IVA, aunque sólo realicen operaciones a título gratuito, y salvo que se pruebe lo contrario.