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Laplazaespami wrote: Señale cuál de los siguientes conceptos no se incluirá en una diligencia de embargo:
a. Principal, recargos del periodo ejecutivo, intereses devengados hasta el ingreso en el Tesoro.
b. Importe de la sanción.
c. Costas del procedimiento de apremio.
d. Todos los conceptos anteriores se pueden incluir en una diligencia de embargo.
El art. 169.1 LGT señala los conceptos a cubrir mediante el embargo de bienes y derechos, pero no aparece en ningún sitio cuál es el contenido de una diligencia de embargo, excepto en algunos procedimientos espciales, como el de los bienes inmuebles (art. 83 RGR).
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Ese artículo habla del contenido de la providencia de apremio.AAEAT95 wrote:
Laplazaespami wrote: Señale cuál de los siguientes conceptos no se incluirá en una diligencia de embargo:
a. Principal, recargos del periodo ejecutivo, intereses devengados hasta el ingreso en el Tesoro.
b. Importe de la sanción.
c. Costas del procedimiento de apremio.
d. Todos los conceptos anteriores se pueden incluir en una diligencia de embargo.
El art. 169.1 LGT señala los conceptos a cubrir mediante el embargo de bienes y derechos, pero no aparece en ningún sitio cuál es el contenido de una diligencia de embargo, excepto en algunos procedimientos espciales, como el de los bienes inmuebles (art. 83 RGR).
En el artículo 70 del RGR viene marcado el contenido de la diligencia de embargo.
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Laplazaespami wrote:
Ese artículo habla del contenido de la providencia de apremio.AAEAT95 wrote:
Laplazaespami wrote: Señale cuál de los siguientes conceptos no se incluirá en una diligencia de embargo:
a. Principal, recargos del periodo ejecutivo, intereses devengados hasta el ingreso en el Tesoro.
b. Importe de la sanción.
c. Costas del procedimiento de apremio.
d. Todos los conceptos anteriores se pueden incluir en una diligencia de embargo.
El art. 169.1 LGT señala los conceptos a cubrir mediante el embargo de bienes y derechos, pero no aparece en ningún sitio cuál es el contenido de una diligencia de embargo, excepto en algunos procedimientos espciales, como el de los bienes inmuebles (art. 83 RGR).
En el artículo 70 del RGR viene marcado el contenido de la diligencia de embargo.
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La respuesta es la Dseptimocielera wrote: ¿Y qué respuesta te da opositatest?
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lmarial wrote:
La respuesta es la Dseptimocielera wrote: ¿Y qué respuesta te da opositatest?
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