IVA puesta a disposición del bien en diciembre y fecha de emisión de la factura en enero ¿cuándo se puede deducir el IVA?

  • Miguel
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24 Ene 2020 10:56 - 24 Ene 2020 12:43 #94307 por Miguel
Me gustaría plantear lo siguiente:

Una empresa vende a otra una maquinaria, la puesta a disposición la hace el 28/12/19 pero no emite la correspondiente factura. Mi duda es cuando se puede y debe deducir el IVA?
1)En Diciembre, ya que el devengo se produce en dicho mes con la puesta a disposición?
2)En Enero, ya que la fecha limite para expedir la factura según el reglamento de facturación sería hasta el 15/01?

Entiendo que para poder deducir las cuotas sería necesario tener la factura y por tanto se debería deducir en Enero, pero según la solución del ejercicio da como buena en Diciembre...alguien me podría explicar porque?
Última Edición: 24 Ene 2020 12:43 por webmaster.

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  • yop
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24 Ene 2020 11:35 #94310 por yop
Respuesta de yop sobre el tema DEDUCIBILIDAD IVA
Se entiende el hecho imponible con la posesión del bien. Según la ley

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  • Lusco TH
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24 Ene 2020 12:49 - 24 Ene 2020 12:50 #94314 por Lusco TH
En la factura debe figurar 2 fechas, la de emisión y la de devengo cuando no coinciden como es este caso.

Para deducir el IVA hay un requisito formal en el artículo 97 LIVA Ley 37/1992: "Sólo podrán ejercitar el derecho a la deducción los empresarios o profesionales que estén en posesión del documento justificativo de su derecho." => en posesión de la factura original
Última Edición: 24 Ene 2020 12:50 por Lusco TH.

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