(1º) Autoliquidación a devolver (2º) Autoliquidación complementaria a ingresar ¿Base de cálculo de intereses de demora?

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02 Mar 2020 19:49 - 02 Mar 2020 21:39 #95703 por Regreso
Buenas tardes compañer@s, repasando el tema de las autoliquidaciones complementarias me surge una duda...
Imaginemos un supuesto:> presento autoliquidación 4T IVA a devolver. La Administración procede a su devolución.
Posteriormente, el obligado se da cuenta de que no solo no procedía la devolución sino que debe ingresar así que procede a presentar la autoliquidación complementaria.
Entiendo que tiene que ingresar, por un lado, la cuota-cantidad- positiva resultante de la AC y, además, los intereses de demora sobre la cantidad devuelva indebidamente ya que el art. 26 LGT indica como supuesto en el que devengan intereses de demora el cobro de una devolución improcedente.
¿Estoy en lo cierto?
Gracias a tod@s
Última Edición: 02 Mar 2020 21:39 por webmaster.

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  • Montoroapruebame
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02 Mar 2020 21:01 #95705 por Montoroapruebame
Hasta donde yo sé si.
Ingresara lo indebido de la autoliquidación inicial + intereses de demora + cuota resultante de la complementaria

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  • Beatrice
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02 Mar 2020 22:56 #95707 por Beatrice
Si, sería así, y luego además, sólo sobre el importe a ingresar (no sobre el de la devolución indebidamente obtenida) irían los recargos del 27 Lgt

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  • Montoroapruebame
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03 Mar 2020 05:46 #95709 por Montoroapruebame
Exacto, art.27 siempre que la complementaria la presente finalizado el plazo voluntario

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  • Laplazaespami
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03 Mar 2020 16:48 - 03 Mar 2020 17:07 #95743 por Laplazaespami

Montoroapruebame wrote: Exacto, art.27 siempre que la complementaria la presente finalizado el plazo voluntario


Y los ID sólo si hubiese finalizado dicho plazo! Por eso hay varias opciones al hacer la autoliquidación complementaria. En una de ellas, si la devolución ha sido ya aprobada indicas el importe en una casilla.
Última Edición: 03 Mar 2020 17:07 por Laplazaespami.

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  • Taxgirl
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04 Mar 2020 09:36 #95765 por Taxgirl
Además si obtuvo ya la devolución, según el ejemplo que pones. Sería infracción de art. 193 LGT

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  • Beatrice
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05 Mar 2020 14:50 #95842 por Beatrice
No, en este caso no habría IT del 193, pq ha regularizado voluntariamente su situación tributaria y se libraría por el 179.3Lgt

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