Opositatest: Responsables solidarios art. 42 LGT

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04 Mar 2020 15:26 - 04 Mar 2020 16:42 #95782 por Laplazaespami
El artículo 42 de la Ley 58/2003, de 17 diciembre, General Tributaria, establece que serán responsables solidarios:

1.Siempre en proporción a sus respectivas participaciones, los partícipes o cotitulares de las entidades a que se refiere el apartado 35.4 LGT.
2.Los sucesores mortis causa, a la muerte de los obligados tributarios, por las obligaciones tributarias pendientes.
3.Los que sucedan por cualquier concepto en la titularidad o ejercicio de explotaciones o actividades económicas, por las obligaciones tributarias contraídas del anterior titular y derivadas de su ejercicio.
4.Los que sean causantes o colaboren activamente en la realización de una infracción tributaria, no alcanzando su responsabilidad a las sanciones.

Está claro, que puede ser la 1 y la 3, y la opción más clara de todas es la 3, pero algún motivo por el que no pudiera serlo la opción 1?
Última Edición: 04 Mar 2020 16:42 por Laplazaespami.

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04 Mar 2020 15:43 #95783 por yop
Respuesta de yop sobre el tema Opositatest: Responsables solidarios art. 42 LGT
Por literalidad en la ley es la 3c.

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04 Mar 2020 16:27 - 04 Mar 2020 16:30 #95785 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema Opositatest: Responsables solidarios art. 42 LGT
Como dicen arriba, la respuesta es la 3. La 1 no puede ser porque no "siempre" la responsabilidad es asi. Como dice el 42.1.b es así sin perjuicio del 42.1.a. Es decir en el caso de entidades del 35.4 puede ser la responsa de una forma u otra.

El 4 tampoco puede ser porque si se extiende a sanciones. Y el 2 es evidente.

Un consejo para el tipo test (aunque creo que es muy conocido) si en la respuesta pone cosas como "siempre" o "solamente" suele ser falsa. Esto es así porque normalmente siempre hay excepciones y matices en las leyes.

Un saludo.
Última Edición: 04 Mar 2020 16:30 por Lupin_3rd.

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04 Mar 2020 17:02 #95787 por Laplazaespami
Respuesta de Laplazaespami sobre el tema Opositatest: Responsables solidarios art. 42 LGT
Sí, la 1 y la 3 quería decir, sorry.
A ver, el art. 42.LGT completo es sobre responsabilidad solidaria, lo que dice el art. 42.1 b) LGT es que los partícipes serán responsables solidarios de las obligaciones tributarias materiales en proporción a a sus participaciones y si se diera el supuesto 42.1 a) LGT, lo serían además de las sanciones (solidariamnt y en la misma proporción).

Quien diga que no siempre es así, puede indicar artículo? Pq sé que es diferente en supuestos de sucesión, pero no de responsabilidad solidaria del art. 42 como indica el enunciado.

Gracias!

(art. 17 LGT: Obligaciones materiales, formales e imposición de sanciones)

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04 Mar 2020 17:33 #95792 por Lupin_3rd
Respuesta de Lupin_3rd sobre el tema Opositatest: Responsables solidarios art. 42 LGT
Yo no lo entiendo asi ni mucho menos. El artículo 42.1.b lo que dice es que en una entidad del artículo 35.4 se puede dar o bien la responsabilidad que indica en el propio 42.1.b o bien la responsabilidad del 42.1.a. Obviamente con todas sus consecuencias entiendo yo. Es decir, si el participe de la entidad del 35.4 ha colaborado activamente, etc entonces su responsabilidad es del 42.1.a y por tanto ya no es proporcional a su participación. Se extiende a todo, como en cualquier otra entidad jurídica.

Un saludo
El siguiente usuario dijo gracias: Laplazaespami

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