Para saber si existe obligación de declarar, primero se mira el primer bloque. Si sale que no hay obligación de declarar, definitivamente no hay obligación (no hace falta mirar el segundo bloque).
Si mirando el primer bloque sale que hay obligación de declarar, entonces hay que mirar el segundo bloque para saber si definitivamente hay o no obligación de declarar.
Hay que tener en cuenta que si se obtiene un tipo de renta que no aparece en el bloque que estamos mirando, significa que hay obligación de declarar.
En el ejemplo que pones, Don Juan obtiene rendimientos de actividades económicas (600€) y tiene rentas inmobiliarias imputadas (300€).
- Miramos el primer bloque y vemos que los rendimientos de actividades económicas no aparecen, por lo que, de momento, está obligado a declarar.
- Nos vamos ahora al segundo bloque y vemos que ahora es la imputación de rentas la que no aparece, por lo que definitivamente está obligado a declarar.
Si me equivoco que alguien me corrija, pero creo que es así.