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¿De dónde te sacas que el sistema tiene en cuenta sólo la que presentes en último lugar en la de 2019?Alexandros wrote: Para la de 2019 no hace falta que pida la rectificación. Basta con que vuelva a presentar la declaración otra vez con el porcentaje correcto, ya que la declaración que tiene en cuenta el sistema es la que presentes en último lugar (dentro del plazo, lógicamente).
Para las de años anteriores no prescritos, que presente un escrito en Gestión Tributaria solicitando la rectificación de los ejercicios que sean junto con los documentos en los que se base la rectificación. En este caso, con presentar la escritura de compra es suficiente.
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Según la gente que trabaja con rentas en Gestión eso que dices, y que además es una creencia bastante extendida, no es así. A mí ellos me dicen que la gente se vuelve loca dando al botón presentando cada vez una nueva y que ellos han de ir mirando y resolviendo los filtros del programa una por una, porque la última no anula las anteriores, lo cual retrasa las devoluciones más tiempo del habitual.........Alexandros wrote: Porque estamos en plazo de declaración de IRPF 2019, por eso lo digo. Hasta el 30 de junio de 2020, aunque presentes 50 declaraciones de IRPF 2019, el programa solo te cuenta la presentada en último lugar.
Además la propia Renta Web, cuando presentas otra vez la misma declaración te avisa de que ya hay una presentada y que, si presentas otra, esa sustituye a la anterior.
Estoy hablando de declaraciones presentadas en plazo, no de complementarias.
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