Entiendo lo que decís, pero si el juez determina que no hay doble contabilidad, por falta de pruebas, por haberse obtenido pruebas ilícitamente o por lo que sea, la Administración tributaria no podrá imponer infracción administrativa por doble contabilidad porque debe atenerse a los hechos de la sentencia.
Aunque supongo que en caso de sobreseimiento, sí cabría seguir con el procedimiento sancionador...
Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda