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merygtf wrote: Buenas...
A ver yo tengo 58,25 netas.... 60 bien y 7 mal, ¿alguien sabe decirme entonces qué nota tengo? porque a lo mejor soy un poco cortita pero no tengo ni idea de cómo lo han hecho...
Yo calculé con una simple regla de 3 que si 100 era un 10
58,25-x, es un 5,825
pero al ser sobre 96 me sale un 6,067....
Si antes la nota de corte era un 6,05, ¿por qué no he entrado?
Yo no entender.
agradecería que alguien arrojase luz a este asunto tan turbio.
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Agente_Mulder wrote:
jaspe wrote: En la LPAC, art. 21 pone que serían 3 meses.
Agradecería a Agente mulder, u otro que lo sepa, si puede citar el artículo concreto al que se refieren los 12 meses.
Respeto a procedimientos administrativos (no tributarios)
El articulo 21 da la posibilidad, si lo fija la norma corrrespondiente, de que el procedimiento dure 6 meses.
Y el articulo 23 da la posibilidad de ampliar el plazo inicial, digamos por otro tanto. Con lo que si el plazo inicial fuese de 6, podria doblarse hasta un total de 12.
Artículo 21. Obligación de resolver.
2. El plazo máximo ….. no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea.
Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar.
1. Excepcionalmente, …, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
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merygtf wrote: Lo de 60,50 sobre 100 no está puesto en ningún sitio. Además, que ya cuando salieron estaban anuladas 3 preguntas. Ahora en esta publicación sí han puesto el corte sobre 100, antes no decía sobre cuánto era.
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Espartano wrote:
jaspe wrote:
Agente_Mulder wrote:
jaspe wrote: En la LPAC, art. 21 pone que serían 3 meses.
Agradecería a Agente mulder, u otro que lo sepa, si puede citar el artículo concreto al que se refieren los 12 meses.
Respeto a procedimientos administrativos (no tributarios)
El articulo 21 da la posibilidad, si lo fija la norma corrrespondiente, de que el procedimiento dure 6 meses.
Y el articulo 23 da la posibilidad de ampliar el plazo inicial, digamos por otro tanto. Con lo que si el plazo inicial fuese de 6, podria doblarse hasta un total de 12.
Artículo 21. Obligación de resolver.
2. El plazo máximo ….. no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea.
Artículo 23. Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar.
1. Excepcionalmente, …, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
El artículo 21 lo entiendo igual que tu, pero el 23 ya me plantea más dudas a la hora de interpretar por cuánto se ampliaría el plazo. Lo que dices tu tiene un sentido y está fundamentado pero en cualquier caso la pregunta no es nada clara y veo ahora el sentido de anularla.
Muchas gracias Agente_Mulder.
Le podeis dar las vueltas que querais pero la respuesta a lo que preguntaban era 6 meses. Si hubiera habido una respuesta en la que pusiera "6 meses salvo..." pues esa hubiera sido la correcta. Pero no fué el caso.Por esa regla de tres, extendiendo el contenido de la pregunta a supuestos que no vienen recogidos en el enunciado, se podrían anular prácticamente todas las preguntas del test. Además me parece mucha casualidad que justo hayan anulado la pregunta en la que se equivocaron en la plantilla de respuestas.
Por otro lado no entiendo como no han anulado al menos la del IRPF en el examen covid, o lo mismo la han anulado, se lo han comunicado individualmente y no han puesto nada en la web. Ya no me extrañaría a estas alturas de la película.
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Agente_Mulder wrote:
SEXTO- Os pongo otro ejemplo distinto, aunque este habría que cogerlo con pinzas por un tema, pero para entender de lo que hablamos puede valer.
Ejemplo: Se inicia una comprobación limitada, todo normal, y llega el ultimo día de los seis meses y ese día se hace un intento valido de notificación de la liquidación. El segundo intento se hace a los veinte días de finalizados los seis meses, intento correcto pero infructuoso. Se van por el 112 a notificar vía Boe. Y la notificación vía 112 se produce finalmente tres meses después de finalizados los seis meses desde el inicio de la comprobación limitada.
- Cual es el plazo máximo de duración de ese procedimiento? SEIS MESES. Y se ha cumplido? SI
- Cual es el plazo máximo en que se ha notificado la resolución del este procedimiento? NUEVE MESES.
Y tal como fueron nueve podrían haber sido diez, u ocho, o whatever.
Por todo esto, es por lo que no hay una sola respuesta correcta, que es lo que las bases dicen que debe haber en las preguntas del test.
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