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OPOS wrote: El pago fraccionado se debía tener en cuenta??
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lubev wrote: A los del resultado de 45.760€:
Yo tengo 70.500€ en el beneficio a distribuir. He visto un comentario de @galaamina en el que dota a la reserva legal el 10% del resultado.
Si yo doto el 10% del resultado, el beneficio a distribuir me sale como a vosotros. Sin embargo, la reserva legal del balance a cierre llega casi al 20% del capital social. ¿Para qué voy a imputar el 10% del resultado a reserva legal (=27.310€) si con 2.600€ solamente ya cumplo el requisito del 20% (art. 274 TRLSC) y puedo destinar ese excedente a dividendos?
Recuerdo lo que indicaba el enunciado:
Saludos,
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Rosario01 wrote:
lubev wrote: A los del resultado de 45.760€:
Yo tengo 70.500€ en el beneficio a distribuir. He visto un comentario de @galaamina en el que dota a la reserva legal el 10% del resultado.
Si yo doto el 10% del resultado, el beneficio a distribuir me sale como a vosotros. Sin embargo, la reserva legal del balance a cierre llega casi al 20% del capital social. ¿Para qué voy a imputar el 10% del resultado a reserva legal (=27.310€) si con 2.600€ solamente ya cumplo el requisito del 20% (art. 274 TRLSC) y puedo destinar ese excedente a dividendos?
Recuerdo lo que indicaba el enunciado:
Saludos,
Es que la reserva del balance está compensando los resultados negativos, por tanto a efectos de dotar el resultado la reserva legal es 0 y tenias que dotar el 10% del resultado
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Vieri wrote: Es que para mi por ejemplo me da 70.500 porque la prima de emisión tamb está cubriendo los rdos negativos
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galaamina wrote: Exacto, yo lo consideraré así. La Reserva Legal del balance está compensando de manera efectiva los resultados negativos de ejercicios anteriores, por eso está "a 0" y hay que dotarla por el 10% del Resultado.
Es uno de los cambios introducidos en la Resolución del ICAC de 2019, en el Título Preliminar habla todo el tema de las "Reservas efectivas"
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lubev wrote:
galaamina wrote: Exacto, yo lo consideraré así. La Reserva Legal del balance está compensando de manera efectiva los resultados negativos de ejercicios anteriores, por eso está "a 0" y hay que dotarla por el 10% del Resultado.
Es uno de los cambios introducidos en la Resolución del ICAC de 2019, en el Título Preliminar habla todo el tema de las "Reservas efectivas"
Gracias por la respuesta. A tenor de vuestros comentarios, revisaré el concepto de beneficio a distribuir de la RICAC y el título preliminar porque tal vez lo haya interpretado erróneamente.
Ánimos con el estudio del tercero.
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Maldini wrote: Hola Berto, con qué nota pasaste? Exigen mucho para pasar el corte? Es que es mi primer año y ando algo perdido con la corrección… no se cuanto cuenta tener bien el asiento y las cantidades mal o cosas así!
Gracias de antemano, y ánimo a todos con el 3!
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