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Pero el mismo articulo 110.Dos dice que la regularización se hará aunque en años anteriores no se haya aplicado la regla de la prorrata. Así que por deducción sólo es admisible la opción A., aunque no se sepa bien de dónde ha salido el importe de 10.500 ( curiosamente se parece mucho al ejercicio del manual de IVA, que aplicabla un 50% de deducción)
Esa pregunta aunque esté mal calculada si sabes como funciona la prorrata se puede deducir la correcta perfectamente...
Tampoco creo que sea justo anularla y fastidiar a la gente que sí sabía responderla, favoreciendo a quien no. Son preguntas que tb quitan su tiempo en el examen, espero que no se pongan a anular a lo loco.
Al fin y al cabo estaba mal la cantidad para todos, sería justo que se quedara, quien no la marcó es porque no tenía la parte de prorrata bien mirada, como con el resto de preguntas que te pueden dar a dudar por hacer un poco la trampa y liarte el sentido de las cosas. No se, no lo veo tampoco
En el enunciado pone que la empresa se deduce la totalidad de la cuota "ya que solamente realiza actividades sujetas y no exentas y el bien se afecta exclusivamente a la actividad." No sé, a mi me parece que eso, junto con el hecho de que no se mencione en ningún sitio la realización de operaciones con derecho y sin derecho a deducción, hace que la regla de prorrata no sea de aplicación.
Es justo anularla porque ninguna de las respuestas es correcta.
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Sabemos algo nuevo del tribunal?. Gracias
olvidate del tribunal hasta la semana que viene por lo menos![]()
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