Sensaciones segundo ejercicio AHP

Más
7 meses 1 semana antes #159410 por l7m
Buenas,

¿Qué os ha parecido el examen de AHP?

Saludos!!

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159411 por Uanchez
Respuesta de Uanchez sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Me ha parecido bastante jodidillo, la verdad.

Larguísimo. He dejado 4 sin responder. No me veo con demasiadas posibilidades.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159412 por Isma9719
Respuesta de Isma9719 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Creo que se han cerciorado que el cambio de formato no haga el examen más sencillo, ni en contenido ni en tiempo.

Me ha parecido muy largo, muy pocas preguntas que pudiesen responderse brevemente y varias muy muy largas. 
Creo que las preguntas de IRPF han subido un par de puntos de dificultad respecto a otros años, no se si por dificultad de contenido o por tiempo para contestarlas.

Yo he priorizado acabar todas las preguntas a profundizar en exceso en ellas.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159414 por LBL
Respuesta de LBL sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Buenas! A mi me ha parecido largo y complicado yo he priorizado contestarlo todo y no hacer tantos detalles ni historias! Sensación rara seguramente tenga cosas mal, otras regular y en alguna le he echado un poco de valentía y he contestado lo que he podido! No se igual para otros compis ha sido muy fácil, pero bueno es mi sensación! Un saludo y a descansar que bien merecido nos lo tenemos 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159418 por Bugman
Respuesta de Bugman sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Creo que era bastante largo, los enunciados a pesar de ser 10, algunos tenían casi la misma extensión que en el antiguo formato. Pienso que a quien haya empezado por los supuestos 4 y 5 le puede haber penalizado el tiempo al final, era lo que más tiempo llevaba y donde más fácil es meter la gamba, pero a saber. Por mi parte no creo que apruebe esta convocatoria porque creo que todavía me faltaba nivel y 3-4 meses para haber tenido alguna garantía más, sobre todo de cara a la resolución de los supuestos de IVA e IRPF, pero empecé a estudiar a mediados de septiembre y supongo que me puedo dar con un canto en los dientes llegando hasta aquí, eso sí, estoy relativamente contento porque en el examen gestioné el tiempo como había planificado y pude hacerlo como quería, cosa que no me pasó con el primero, donde hice todo lo que no había hecho en los simulacros. Yo al menos tenía claro empezar por el test y dedicarle 15-20 min, saltar a los supuestos de la LGT y reglamentos y por último pasar a los dos de IRPF +IVA, y creo que en ese sentido fue un acierto, si hubiera empezado por los dos primeros supuestos me habría lastrado para el resto del examen el tiempo y la moral, al final sin saber los criterios del tribunal y en base a lo que he leído por aquí de como se suele corregir el examen lo mejor es adoptar una estrategia e intentar ceñirte a ella, si como era mi caso, no lo llevas todo de 10 y no eres un máquina.

Por otro lado yo no he ido a academia personalizada, pero por lo que he oído por ahí las academias se tienen que poner las pilas con el tema de impuestos, cada vez más te meten cualquier cosa de IRPF e IVA y no basta con saber lo básico o haber visto 4 ejemplos, tienes que tener mucha práctica de ejercicios y más ejercicios, porque con saberte la teoría no lo sacas, a mi me recuerda a la contabilidad de la carrera, al final tiene que ser un proceso automático, una habilidad adquirida, y eso solo se consigue con muchísima práctica, y muchas academias no profundizan tanto en ello.

Por último tema literalidad y artículos... yo soy de los que he puesto algunos números de artículos, ninguno en impuestos, y he sido poco literal en líneas generales, pero eso lo tenía claro desde el principio por mi forma de estudiar y de aprender a hacer los supuestos.

Mucha suerte a todos, ahora 3 meses de libertad mental hasta los resultados, gracias a todos esos foreros anónimos que en algún momento me han ayudado contando sus experiencias y puntos de vista sobre esta oposición durante los últimos años.

Saludos.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159419 por Davidvd14
Respuesta de Davidvd14 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Muy buenas compañer@s!!

Lo primero, os deseo suerte en el resultado del examen y unas correcciones benevolentes jejeje. Me ha parecido difícil y largo, demasiado largo. Hice el examen en orden de preguntas, y el tiempo invertido en las preguntas de IRPF me han penalizado para el resto. No me preocupa demasiado la nota de corte y me explico. Con la opacidad que hay en los criterios de corrección, simplemente hay que estar en el 50% que tenga mejor examen de todos los que nos hemos presentado. Hay años que habrá sido 16/30, 17/30 o estoy seguro que años que habrá estado por debajo de 15. Este año con la dificultad y la extensión del examen, no creo que sea demasiado alto, pero no sé como puede influir las 9 preguntas del test. Mis sensaciones de ayer tras salir del examen fueron reguleras tirando a malas, porque tengo una sensación horrible que no he podido demostrar lo mucho que he estudiado, y es una put@da. Pero es lo que hay. Hoy estoy mas animado y analizando mis respuestas creo que tengo posibilidades tanto de pasar como de no pasar, pero creo que es una sensación que tendremos muchos.

Me gustaría abrir un "pequeño melón" con la pregunta 8 del test. La pregunta de la no concesión de la dispensa del aplazamiento sin garantías con la no formalizarla tras el plazo establecido en la notificación. 
Yo contesté que se deniega la solicitud, pero viendo en foros, el excel que hay en otro hilo, o incluso publicaciones de alguna academia, hay mucha disparidad en la respuesta. Y es que, ahora mismo, con el reglamento en la mano, tampoco me queda claro cual es la correcta. Yo como cabezota que soy, sigo pensando que la denegación es la correcta.

¿Qué pensáis?.

Mucha suerte a todos, que nos lo merecemos. Y ahora a descansar la cabeza y a recuperar un poco de vida :).
El siguiente usuario dijo gracias: Hasta la ****

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159420 por Cañada
Respuesta de Cañada sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
A mí me ha parecido increíblemente largo, llevaba muy machados los exámenes de los últimos años y creo que es el más largo por mucha diferencia. 
Cometí el error de hacerlo en el orden que viene, porque en los simulacros me estaba dando tiempo con 10-15 minutos de margen y pensé que eso era suficiente para el examen, pero la parte de IRPF no tenía ningún sentido lo larga que era, los rendimientos de capital inmobiliario y mobiliario era lo más enrevesado que pueden preguntar, límites, iri, arrendamiento de negocios... Y el de rendimiento de actividades económicas, no consigo entender que sentido puede tener poner una lista de gastos de 15 cosas o más cuando todas menos dos o tres eran deducibles, cuando compruebas lo mismo cob una lista de 4 que la mitad sean deducibles, y de tanto poner datos repetitivos se me olvidó el más importante que era el 5%RN con límite 2000€. 
Así que encima de invertir mucho más tiempo en esa parte tuve errores y la última parte, que era mucho más sencilla, la hice contestando tres o cuatro lineas... Pero al final contento porque  conseguir acabarlo y tengo la sensación que la mayoría se dejó varios en blanco o acabo como yo contestando en plan esquemático. Creo que habrá muy pocos que lo hicieran entero y contestando de forma extensa, así que supongo el corte será bastante bajo

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159424 por Yesi1989
Respuesta de Yesi1989 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Hola compis.
Yo es la primera vez que me presento al segundo examen, pero he analizado los exámenes de los años anteriores y a mi también este me ha parecido muy largo, dificultoso, enredoso, de todo...
Yo hice primeramente el test, del cual solo contesté 7 que creo que están bien. Del resto no lo hice en orden, hice los que yo me sabía y podía contestar con más rapidez. De IRPF e IVA no me dio tiempo hacer ninguno. En total contesté 18 preguntas, incluidas las de test.
Cada pregunta en sí se puede decir que eran dos o tres en una, en fin, una pasada.
Ya veremos a ver que pasa. Sabéis cuando se publican los resultados??
Un abrazo a tod@s y buenas vacaciones que nos las merecemos¡¡¡

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159427 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Horroroso!!!. Con lo que había estudiado y en general, iba bien preparada, pero me salió un examen mediocre. Era largo, espeso, desproporcionado al tiempo que teniamos. Caí en el error, otra vez, de empezar por tributos y luego tuve que acabar mal y aprisa. Ayer hubo comentarios sobre que los sindicatos dicen que ponen los exames muy fáciles. Eso no fue un examen dificil, era un examen agotador. Era imposible hacer operaciones y argumentarlas, fuí como pollo sin cabeza sin saber si optar por una opción o por la otra.
Lo tengo muy dificil, no salí nada contenta. 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159428 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
hasta septiembre no esperes nada porque aunque en julio ya tuvieran corregido, al estar agosto por el medio, no van a decir nada, porque una vez salgan los aprobados hay que ir adjudicando plazas. Al menos eso hicieron el año pasado.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159430 por Rentaweb9
Respuesta de Rentaweb9 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Bueno, si lo terminaste, desde mi punto de vista, ya tienes un buen punto de partida.

Yo ya no sé si es que se quieren reír de nosotros...vaya examen

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159431 por @oposinlagrimas
Yo no se que decir. Yo lo he conseguido terminar pero ha sido muy hardcore. Durante el examen he sido consciente de que algunas de las preguntas  las estaba contestando de forma incompleta y después del examen me han venido cosas que se me han escapado o no he puesto por los nervios y la presión del momento. 

Supongo que a todos nos ha pasado, pero creo que el hecho de que el examen ha sido tan complicado nos puede beneficiar en parte ya que la nota media será más bien baja o eso creo ya que la cara de la mayoría de compañeros con los que compartí el aula era un poema.

No queda otra que confiar en el trabajo que se ha realizado los meses anteriores y esperar los resultados en septiembre.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159433 por Irenethac
Respuesta de Irenethac sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Pues he visto que en una academia dan por buena la d). Yo puse la a) y leyendo el reglamento para mi son válidas las dos...

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159434 por Rentaweb9
Respuesta de Rentaweb9 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Desde mi punto de vista... ninguna de las respuestas que dan es correcta...

El reglamento no dice que se deniega.
El reglamento no dice que se inadmite.
El reglamento dice que se iniciará el periodo ejecutivo, y que se liquidarán intereses de demora desde el fin del plazo de ingreso en periodo voluntario, hasta fin de plazo de dos meses para formalizar garantías, sin perjuicio de...




 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159440 por Nono
Respuesta de Nono sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
¿alguien podría subir el enunciado del segundo ejercicio de AHP o decirme dónde podría encontrarlo?

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159441 por Tributasturiano
Seguramente lo subirán hoy a lo largo de la mañana a la web de la AEAT

sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/traba...gundo-ejercicio.html

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159442 por Tributasturiano
Seguramente lo subirán hoy a lo largo de la mañana a la web de la AEAT. Ahora mismo aún no está

sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/traba...gundo-ejercicio.html

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159443 por Tributasturiano
Seguramente lo subirán hoy a lo largo de la mañana a la web de la AEAT. Ahora mismo aún no está

sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/traba...gundo-ejercicio.html

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159444 por Tributasturiano
Seguramente lo subirán hoy a lo largo de la mañana a la web de la AEAT. Ahora mismo aún no está

sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/traba...gundo-ejercicio.html

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159445 por Tributasturiano
Seguramente lo subirán hoy a lo largo de la mañana a la web de la AEAT. Ahora mismo aún no está

sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/traba...gundo-ejercicio.html

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159446 por Tributasturiano
Perdón!! Se me ha repetido un montón de veces!! 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159448 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
¿De dónde he sacado la idea de que los resultados del test los sacaban el martes? Igual nos lo dijeron en el examen. 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159449 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

Pues he visto que en una academia dan por buena la d). Yo puse la a) y leyendo el reglamento para mi son válidas las dos...
Yo puse la D, pero es que el enunciado te pregunta concretamente por unos articulos y las consecuencias de no aportar las garantias. Y lo cierto es que lo que dicen los articulos es que se tiene que pagar. Si tienes que pagar, la denegacion de la solicitud va implicita, con lo cual la A no es del todo incorrecta, pero si insuficiente, porque no notifican la denegacion, notifican una providencia de apremio. A si lo veo yo.   

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159450 por yoolanda17
Respuesta de yoolanda17 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Yo salí del examen con una sensación rara, no me salió bien pero tampoco mal del todo. Conteste todo pero muy escueto y quizas poco ordenado y detallado asi que no se como eso me afectará. Y el calculo de los rendimientos de las AAEE me salió fatal creo. Intente poner por lo menos lo que estaba segura para que por lo menos me sumará algo. Lo de las compras de materiales no lo entendía. Me gustaría ver propuestas de solución al examen para ver si he contestado bien las cosas. Y  también me gustaría saber cuantos días tardan en publicar la plantilla del tipo test dde este segundo ejercicio. Sea lo que sea ahora lo que queda es descansar y disfrutar del verano :) El hecho de que a la mayoría de la gente le haya salido regu por lo menos nos asegura que no van a ser muy exigentes corrigiendo o eso creo yo. No puse apenas artículos, con las prisas no me acordaba bien y no me quería arriesgar a ponerlo mal, espero que eso no me penalice mucho.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159453 por perezapp17
Respuesta de perezapp17 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Hola a todos, leyendo vuestras sensaciones veo que no fui el único que salió con un sabor agridulce del examen. No me fue mal en general, pero dejé IRPF para lo último y el ejercicio de RCM expliqué muy por encima las operaciones, ya que tenía mucha información a mi parecer. Algo parecido me pareció con el RAAEE. Esperemos que corrigiendo sean un poco flexivos y todo lo que podamos sumar en estos ejercicios sea bueno.
Buen verano a todos y a descansar!

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159456 por Rentaweb9
Respuesta de Rentaweb9 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Ya colgaron la plantilla del test.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159460 por Seppe
Respuesta de Seppe sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Buenas, yo en la pregunta 8 del tipo test marqué la d también y voy a impugnar la plantilla provisional.

En mi opinión, tal y como ha comentado un compañero, el art 48 del RGR dice que si no se formaliza la garantía en el plazo de dos meses se deberá iniciar el periodo ejecutivo y notificar la providencia de apremio en los términos del art 167 LGT concediendo el plazo del 62.5 LGT.

En cambio, el art 52 del RGR nos dice que si se deniega una solicitud de aplazamiento, con la notificación de la denegación se concederá el plazo del 62.2 LGT.

Por tanto, aunque estoy de acuerdo que es perfectamente interpretable que se deniega la solicitud al no formalizar la garantía, los efectos de esto y de una denegación son diferentes y en mi opinión sería "más correcta" la respuesta d.

No sé como lo veis vosotros... de todas formas mucha suerte y espero que cuando llegue el día de las notas la mayoría recibamos buenas noticias!

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159461 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Estas tambien se pueden impugnar no? porque no estoy para nada de acuerdo con la 8. Yo puse la D, y en todo caso, serian dos respuestas válidas. 
 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159462 por @oposinlagrimas
Sí, yo ya he enviado el escrito de impugnaciones a convocatorias@correo.aeat.es

En mi caso he solicitado que se impugnen tanto la pregunta 8 como la 6. Luego seguramente no impugnen ninguna, pero el no ya lo tenemos así que no se pierde nada.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159463 por kendall
Respuesta de kendall sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Alguien me dice como se hace lo de impugnar? Mando un correo a convocatorias@correo.aeat.es diciendo la que quiero impugnar y los motivos? o como es?

Yo la 8 es la única que tengo mal y me da muchísima rabia porque se remiten a unos artículos que luego no corresponden con ninguna de las 4 respuestas. En mi caso yo puse inadmisión porque tenía metido en la cabeza que con la denegación siempre daban el plazo del 62.2, y en este caso de no formalización de la garantía en plazo no te lo dan, sino que se inicia el periodo ejecutivo al día siguiente. Me parece muy injusto porque ninguna es correcta al no ajustarse a la literalidad de los artículos que ellos mismos mencionan. 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159464 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

Sí, yo ya he enviado el escrito de impugnaciones a convocatorias@correo.aeat.es

En mi caso he solicitado que se impugnen tanto la pregunta 8 como la 6. Luego seguramente no impugnen ninguna, pero el no ya lo tenemos así que no se pierde nada.
Enviado. No he impugando la 6 porque la deje en blanco y aún hoy dia soy incapaz de saber como narices han dado esas cifras, porque si no recuerdo mal, los 45.000 euros que argumentan como respuesta, salian sin tener en cuenta el importe de los derechos de aduana, que tambien forman parte de la base de IVA. No perdí tiempo ni nada con la jodia pregunta. 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes - 7 meses 1 semana antes #159465 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

Alguien me dice como se hace lo de impugnar? Mando un correo a convocatorias@correo.aeat.es diciendo la que quiero impugnar y los motivos? o como es?

Yo la 8 es la única que tengo mal y me da muchísima rabia porque se remiten a unos artículos que luego no corresponden con ninguna de las 4 respuestas. En mi caso yo puse inadmisión porque tenía metido en la cabeza que con la denegación siempre daban el plazo del 62.2, y en este caso de no formalización de la garantía en plazo no te lo dan, sino que se inicia el periodo ejecutivo al día siguiente. Me parece muy injusto porque ninguna es correcta al no ajustarse a la literalidad de los artículos que ellos mismos mencionan. 
el articulo 48 y el articulo 50 sí son literales. Es el plazo 62.5 porque al no formalizar las garantias, ya entra en periodo ejecutivo directamente, y el 62.5 es el equivalente a una providencia de apremio, en tanto que el art. 62.2 es para las liquidaciones en plazo voluntario de pago. Los articulos dicen claramente que se abrirá el plazo 62.5, no dicen nada de una denegación de la solicitud, ya se sobreentiende que te la han denegado, si no, no le pedirian que pagara. 

Si, para reclamar es esa dirección. Tienes que hacer una exposicion de motivos y la solicitud de anulación. 
Última Edición: 7 meses 1 semana antes por Nacoque.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes - 7 meses 1 semana antes #159466 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
No es esta mi batalla, pero a mí sí me parece que la solución correcta es la A:

Artículo 50 RGR

1. Cuando se solicite un aplazamiento o fraccionamiento con dispensa total o parcial de garantías de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.2.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el órgano competente investigará la existencia de bienes o derechos susceptibles de ser aportados en garantía del aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Comprobada la existencia de dichos bienes y derechos, se efectuará requerimiento al solicitante para que complemente su solicitud con la aportación de aquellos como garantía en los términos previstos en el artículo 48.4 de este reglamento y con las consecuencias allí establecidas para el caso de inatención o de atención insuficiente a dicho requerimiento.

Artículo 48 RGR

4. La suficiencia económica y jurídica de las garantías será apreciada por el órgano competente para la tramitación del aplazamiento o fraccionamiento.

Cuando dicha apreciación presente especial complejidad, se podrá solicitar informe de otros servicios técnicos de la Administración o contratar servicios externos. Asimismo, el órgano competente para tramitar el aplazamiento o fraccionamiento podrá solicitar informe al órgano con funciones de asesoramiento jurídico correspondiente sobre la suficiencia jurídica de la garantía ofrecida.

Si la valoración del bien ofrecido en garantía resultara insuficiente para garantizar el aplazamiento o fraccionamiento en los términos previstos en este reglamento, deducidas las cargas en su caso existentes y no se tratase de un supuesto de los regulados en el artículo 50, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la notificación del requerimiento aporte garantías complementarias o bien acredite la imposibilidad de aportarlas, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.4 y 5.

Si el requerimiento no es atendido o, siéndolo, no se entiende complementada la garantía o suficientemente justificada la imposibilidad de complementarla, procederá la denegación de la solicitud.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
Última Edición: 7 meses 1 semana antes por Witty.
El siguiente usuario dijo gracias: EntreImpuestos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159467 por mendi333
Respuesta de mendi333 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Hice cálculos rápido (igual me he pasado algo por alto) pero si me da 45.000:

40.000 valor en aduana
2.000 valor arancel
800 transporte malaga-madrid
2.200 comision de compra
______
45.000 BI IVA
El siguiente usuario dijo gracias: EntreImpuestos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159468 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

Hice cálculos rápido (igual me he pasado algo por alto) pero si me da 45.000:

40.000 valor en aduana
2.000 valor arancel
800 transporte malaga-madrid
2.200 comision de compra
______
45.000 BI IVA

Yo también lo veo así:

Valor en aduanas: 20.400*2 - 800 (se resta el trayecto Málaga-Madrid y no se incluye la comisión de compra) = 40.000
Arancel: 40.000*0,05 = 2.000
BI IVA: 40.000 + 2.000 + 2.200 (se añade la comisión de compra, que no se incluye en el valor en aduanas) + 800 (se añade transporte hasta el primer lugar de destino = el que figure en la carta de porte) = 45.000

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
El siguiente usuario dijo gracias: EntreImpuestos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes - 7 meses 1 semana antes #159469 por Bestiality
Respuesta de Bestiality sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Hola, @Witty:

Muchas gracias por dar tu opinión.

No obstante, la pregunta, con independencia de qué respuesta sea la correcta, es en mi opinión, susceptible de ser impugnada, por lo siguiente:

1. Recordemos que las preguntas test son susceptibles de ser impugnadas, entre otros motivos, por la existencia de una o varias respuestas correctas (o ninguna); o cuando son ambiguas y pueden ser objeto de varias interpretaciones. En mi opinión, estamos en este segundo supuesto, por los puntos siguientes.

2. El artículo 48 RD 939/2005 tiene múltiples apartados (11), entre los que se encuentran tanto el supuesto en que el aplazamiento esté siendo TRAMITADO (48.4) o sea CONCEDIDO (48.6), sometido a la formalización de las garantías. La pregunta no diferencia apartado alguno. Ni se sabe el estado de la solicitud del aplazamiento.

3. El artículo 50.2 RD 939/2005 igualmente se refiere a los supuestos de arriba. La pregunta, de nuevo, no identifica apartado o párrafo alguno.

4. En el caso de que no se formalicen las garantías conforme al artículo 48.6 RD 939/2005 en los términos que requiere la Administración tributaria en el acuerdo de concesión, la deuda entrará en periodo ejecutivo y, aquí es donde seguimos cavando la ambigüedad:

- Se van a devengar intereses suspensivos que se van a liquidar hasta el fin de plazo de formalización de las garantías;

- Se van a devengar intereses del periodo ejecutivo hasta que pagues la deuda, con la salvedad de la incompatibilidad que existe entre los intereses de demora y los recargos del PE (ejecutivo y apremio reducido). En este punto, la redacción de la D es todavía más confusa porque te habla de DEVENGAR intereses hasta que pague la deuda, y eso es necesariamente correcto al no diferenciar los suspensivos de los del PE o poder entender ambas cosas.

5. El enunciado del supuesto se limita a indicar que existe una SOLICITUD DE APLAZAMIENTO, sin referencia alguna a si existe solicitud con dispensa de garantías. Y la pregunta hace referencia al contribuyente, sin matizar si es una referencia generica de cara a la pregunta o se refiere al supuesto de hecho. 

Las preguntas de test y las respuestas, salvo que alguien me diga lo contrario, tienen que ser blancas o negras. O deberían serlo. Si la pregunta nos obliga a hacer suposiciones o el sistema multi respuesta nos coloca en escenarios en los que varias o ninguna es correcta, necesariamente debe ser anulada. 

Lo que me lleva a plantear la posibilidad de la impugnación es que veo evidente que existen varios elementos de ambigüedad (los artículos, el supuesto del test, y las propias respuestas) que permite razonablemente dudar sobre la validez de la respuesta correcta (la A o en su caso la D, según como la interpretes y asumas), porque depende de elementos que no se encuentran en la propia pregunta ni en el supuesto. En resumen: 

- Si el aplazamiento CON DISPENSA está en TRAMITACIÓN y NO APORTAS GARANTÍAS EN REQUERIMIENTO -> DENEGACIÓN 

- Si el aplazamiento CON DISPENSA ha sido CONCEDIDO y NO APORTAS GARANTÍAS COMO TE REQUIERE LA ADMIN EN EL PLAZO DEL 48.6 LEY 58/2003 (2 MESES) -> ENTRAS EN EJECUTIVA, Y VAN A DEVENGAR INTERESES SUSPENSIVOS EN 62.5 + PE HASTA QUE PAGUES LA DEUDA. Cuestión distinta es que no te los exijan en periodo ejecutivo por incompatibilidad con recargo ejecutivo o apremio reducido.

En lo que respecta a la pregunta 6, yo no veo causa de impugnación por ninguna parte, la verdad.

Perdón por la chapa.

Un saludo,
 
Última Edición: 7 meses 1 semana antes por Bestiality. Razón: Formato

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159470 por crisys
Respuesta de crisys sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

No es esta mi batalla, pero a mí sí me parece que la solución correcta es la A:

Artículo 50 RGR

1. Cuando se solicite un aplazamiento o fraccionamiento con dispensa total o parcial de garantías de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.2.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el órgano competente investigará la existencia de bienes o derechos susceptibles de ser aportados en garantía del aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Comprobada la existencia de dichos bienes y derechos, se efectuará requerimiento al solicitante para que complemente su solicitud con la aportación de aquellos como garantía en los términos previstos en el artículo 48.4 de este reglamento y con las consecuencias allí establecidas para el caso de inatención o de atención insuficiente a dicho requerimiento.

Artículo 48 RGR

4. La suficiencia económica y jurídica de las garantías será apreciada por el órgano competente para la tramitación del aplazamiento o fraccionamiento.

Cuando dicha apreciación presente especial complejidad, se podrá solicitar informe de otros servicios técnicos de la Administración o contratar servicios externos. Asimismo, el órgano competente para tramitar el aplazamiento o fraccionamiento podrá solicitar informe al órgano con funciones de asesoramiento jurídico correspondiente sobre la suficiencia jurídica de la garantía ofrecida.

Si la valoración del bien ofrecido en garantía resultara insuficiente para garantizar el aplazamiento o fraccionamiento en los términos previstos en este reglamento, deducidas las cargas en su caso existentes y no se tratase de un supuesto de los regulados en el artículo 50, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la notificación del requerimiento aporte garantías complementarias o bien acredite la imposibilidad de aportarlas, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.4 y 5.

Si el requerimiento no es atendido o, siéndolo, no se entiende complementada la garantía o suficientemente justificada la imposibilidad de complementarla, procederá la denegación de la solicitud.

Tampoco es mi guerra y entiendo tu razonamiento, pero eso se hubiera resuelto si en la pregunta dijera aportar garantías en lugar de formalizar garantías

Un saludo Witty, ánimo con conta ;)
El siguiente usuario dijo gracias: Witty

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159472 por @oposinlagrimas
Por lo que veo la mayoría de las personas tienen mal tanto el 8 como el 6. El hecho de que se impugne el 8 tampoco va a suponer una gran diferencia de posición porque al final más o menos nos quedaremos igual solo que los que lo tienen mal sumaran 0,25.

¿En cuanto creéis que se quedara la media este año? Yo creo que será mas bien baja. Si hace dos años se comentó que se había quedado en un 7 que supone 21 puntos del examen supongo que este año quedará algo mas baja porque tanto el tipo test (en la que yo creo que las personas que tengan un 9/9 se podrán contar con los dedos) como las preguntas de desarrollo han sido bastante difíciles y largas.

Este año más que nunca tendrá bastante influencia el primer ejercicio.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159474 por Bugman
Respuesta de Bugman sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
En el primer ejercicio tipo test, la nota más baja en pasar al segundo ha sido un 59, así que dudo mucho que la nota de corte del segundo esté por encima del 15 o 15 con algo.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159475 por Seppe
Respuesta de Seppe sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Si no lo entiendo mal, la nota del primer ejercicio "solo" sirve de cara a tener una mejor posición a la hora de elegir destino.

Me explico, se puede tener un 9 en el primero y no pasar el corte del segundo por lo que no conseguirías plaza. En cambio, con un 5 en el primero si pasas el corte del segundo estás dentro.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159477 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

No es esta mi batalla, pero a mí sí me parece que la solución correcta es la A:

Artículo 50 RGR

1. Cuando se solicite un aplazamiento o fraccionamiento con dispensa total o parcial de garantías de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.2.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el órgano competente investigará la existencia de bienes o derechos susceptibles de ser aportados en garantía del aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Comprobada la existencia de dichos bienes y derechos, se efectuará requerimiento al solicitante para que complemente su solicitud con la aportación de aquellos como garantía en los términos previstos en el artículo 48.4 de este reglamento y con las consecuencias allí establecidas para el caso de inatención o de atención insuficiente a dicho requerimiento.

Artículo 48 RGR

4. La suficiencia económica y jurídica de las garantías será apreciada por el órgano competente para la tramitación del aplazamiento o fraccionamiento.

Cuando dicha apreciación presente especial complejidad, se podrá solicitar informe de otros servicios técnicos de la Administración o contratar servicios externos. Asimismo, el órgano competente para tramitar el aplazamiento o fraccionamiento podrá solicitar informe al órgano con funciones de asesoramiento jurídico correspondiente sobre la suficiencia jurídica de la garantía ofrecida. (en el supuesto no ofrece garantias) 

Si la valoración del bien ofrecido en garantía resultara insuficiente para garantizar el aplazamiento o fraccionamiento en los términos previstos en este reglamento, deducidas las cargas en su caso existentes y no se tratase de un supuesto de los regulados en el artículo 50, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la notificación del requerimiento aporte garantías complementarias o bien acredite la imposibilidad de aportarlas, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.4 y 5.

Si el requerimiento no es atendido o, siéndolo, no se entiende complementada la garantía o suficientemente justificada la imposibilidad de complementarla, procederá la denegación de la solicitud.
es que de entrada, la pregunta está mal planteada, habla del articulo 50 y del 48, sin especificar, y cada uno de esos articulos, especialmente el 48, tiene varios puntos diferentes dentro de las garantias. Los que tú indicas son garantias complementarias que no era el caso, era la denegación de una solicitud de dispensa, y el articulo 50 alude al articulo 48.7 :
art.50" El incumplimiento de la obligación de constituir garantía prevista en este apartado tendrá las mismas consecuencias que las reguladas en este reglamento para la falta de formalización de garantías.". 

48.7 Transcurrido el plazo de dos meses sin haberse formalizado las garantías, las consecuencias serán las siguientes:
  • a) Si la solicitud fue presentada en periodo voluntario de ingreso, se iniciará el periodo ejecutivo al día siguiente de aquel en que finalizó el plazo para la formalización de las garantías, debiendo iniciarse el procedimiento de apremio en los términos previstos en el  artículo 167.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre , General Tributaria, exigiéndose el ingreso del principal de la deuda y el recargo del periodo ejecutivo.
  • Se procederá a la liquidación de los intereses de demora devengados a partir del día siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta la fecha de fin del plazo para la formalización de las garantías sin perjuicio de los que se devenguen posteriormente en virtud de lo dispuesto en el  artículo 26 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre , General Tributaria.
    b) Si la solicitud fue presentada en periodo ejecutivo de ingreso, deberá continuar el procedimiento de apremio.

Yo he solicitado la anulación porque en todo caso, ambas serían correctas, porque ninguno de los dos articulos habla expresamente de la denegacion pero si de la apertura del plazo 62.5, por lo que, insisto, la denegación está implicita, pero no excluye que la respuesta D sea también correcta.
El siguiente usuario dijo gracias: EntreImpuestos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes - 7 meses 1 semana antes #159478 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Fallo, perdón
Última Edición: 7 meses 1 semana antes por Nacoque.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159479 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

Por lo que veo la mayoría de las personas tienen mal tanto el 8 como el 6. El hecho de que se impugne el 8 tampoco va a suponer una gran diferencia de posición porque al final más o menos nos quedaremos igual solo que los que lo tienen mal sumaran 0,25.

¿En cuanto creéis que se quedara la media este año? Yo creo que será mas bien baja. Si hace dos años se comentó que se había quedado en un 7 que supone 21 puntos del examen supongo que este año quedará algo mas baja porque tanto el tipo test (en la que yo creo que las personas que tengan un 9/9 se podrán contar con los dedos) como las preguntas de desarrollo han sido bastante difíciles y largas.

Este año más que nunca tendrá bastante influencia el primer ejercicio.
En mi caso, creo que estoy fuera del segundo porque me administré fatal el tiempo, cometí un gran error que tratando de subsanar me hizo perder mucho tiempo, y al final acabé el examen con respuestas cortas, sin razonar, ..un desastre, con lo cual, 0.25 puntos no creo que me solucionen nada, pero me dió mucha rabia que por sus chapuzas nos hicieran perder 4 o 5 puntos,que es mucho en un examen de 100 preguntas, pero aún se podría comprender, pero ¿en 9 que hayan 2 como mínimo discutibles?Tienen el futuro de 700 personas en sus manos, lo mínimo que tienen que hacer es esmerarse. 

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159480 por mendi333
Respuesta de mendi333 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Cuando te refieres al art. 50.2, este apartado comienza diciendo que: "2. Concedido el aplazamiento o fraccionamiento con dispensa total o parcial de garantías...", por lo que ya en mi opinión no aplicaríamos ese apartado y la referencia de las consecuencias de no aportar las garantías del 48.7 tampoco... que eso se aplica si posteriormente a su concesión cambian las circunstancias y se le requieren garantías. Ya que en la pregunta 8 del examen dice "en el caso que al contribuyente no se le conceda la dispensa de las garantías", por lo que no se le concede el aplazamiento con dispensa y se aplicaría el 50.1 y 48.4 como hace referencia @witty. Ya que indica el caso que tiene un importante patrimonio inmobiliario y activos financieros de alta liquidez al presentar la solicitud por eso entiendo que no se le concede la dispensa...

Yo ahí con la Ley delante entiendo eso, que claro en el examen es todo mas difuso y complicado de ver, y mas en los test donde no puedes explicar tu punto de vista
El siguiente usuario dijo gracias: Witty, EntreImpuestos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159481 por kendall
Respuesta de kendall sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Cambiando de tema, ha salido ya alguna propuesta de resolución del examen? Si es así, agradecería mucho que alguien lo pase por aquí!

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes - 7 meses 1 semana antes #159482 por Witty
Respuesta de Witty sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

Cuando te refieres al art. 50.2, este apartado comienza diciendo que: "2. Concedido el aplazamiento o fraccionamiento con dispensa total o parcial de garantías...", por lo que ya en mi opinión no aplicaríamos ese apartado y la referencia de las consecuencias de no aportar las garantías del 48.7 tampoco... que eso se aplica si posteriormente a su concesión cambian las circunstancias y se le requieren garantías. Ya que en la pregunta 8 del examen dice "en el caso que al contribuyente no se le conceda la dispensa de las garantías", por lo que no se le concede el aplazamiento con dispensa y se aplicaría el 50.1 y 48.4 como hace referencia @witty. Ya que indica el caso que tiene un importante patrimonio inmobiliario y activos financieros de alta liquidez al presentar la solicitud por eso entiendo que no se le concede la dispensa...

Yo ahí con la Ley delante entiendo eso, que claro en el examen es todo mas difuso y complicado de ver, y mas en los test donde no puedes explicar tu punto de vista

Yo lo entiendo como tú: el contribuyente solicita la dispensa de garantías y no se le concede, sino que se le requiere para que aporte garantía, de acuerdo con el artículo 50.1 RGR, y si no la aporta en el plazo concedido en el requerimiento, el aplazamiento solicitado será denegado, conforme al artículo 48.4 RGR, al que remite el 50.1. No obstante, estoy de acuerdo con crisys en que el enunciado no es todo lo preciso que debería, ya que donde dice "formalice" debería decir "aporte" u "ofrezca", porque se le requiere para que ofrezca una garantía, que solo tendrá que formalizar en caso de que esa garantía sea aceptada y el aplazamiento concedido.

Agente de la Hacienda Pública y opositor al Cuerpo Técnico de Hacienda
Última Edición: 7 meses 1 semana antes por Witty.
El siguiente usuario dijo gracias: crisys, EntreImpuestos

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes - 7 meses 1 semana antes #159489 por EntreImpuestos

No es esta mi batalla, pero a mí sí me parece que la solución correcta es la A:

Artículo 50 RGR

1. Cuando se solicite un aplazamiento o fraccionamiento con dispensa total o parcial de garantías de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82.2.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el órgano competente investigará la existencia de bienes o derechos susceptibles de ser aportados en garantía del aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

Comprobada la existencia de dichos bienes y derechos, se efectuará requerimiento al solicitante para que complemente su solicitud con la aportación de aquellos como garantía en los términos previstos en el artículo 48.4 de este reglamento y con las consecuencias allí establecidas para el caso de inatención o de atención insuficiente a dicho requerimiento.

Artículo 48 RGR

4. La suficiencia económica y jurídica de las garantías será apreciada por el órgano competente para la tramitación del aplazamiento o fraccionamiento.

Cuando dicha apreciación presente especial complejidad, se podrá solicitar informe de otros servicios técnicos de la Administración o contratar servicios externos. Asimismo, el órgano competente para tramitar el aplazamiento o fraccionamiento podrá solicitar informe al órgano con funciones de asesoramiento jurídico correspondiente sobre la suficiencia jurídica de la garantía ofrecida.

Si la valoración del bien ofrecido en garantía resultara insuficiente para garantizar el aplazamiento o fraccionamiento en los términos previstos en este reglamento, deducidas las cargas en su caso existentes y no se tratase de un supuesto de los regulados en el artículo 50, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la notificación del requerimiento aporte garantías complementarias o bien acredite la imposibilidad de aportarlas, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.4 y 5.

Si el requerimiento no es atendido o, siéndolo, no se entiende complementada la garantía o suficientemente justificada la imposibilidad de complementarla, procederá la denegación de la solicitud.
Yo respondí en el examen con la opción A exactamente por este mismo razonamiento, por tanto yo creo que sí es correcta. Además el artículo 48 remite al 167 LGT, pero en ningún momento menciona el 62.5 en el propio articulo, nosotros lo sabemos porque conocemos el contenido del 167 LGT. Sin embargo la denegación es clara por el juego artículos 50 y 48.4, justo los dos artículos que menciona el enunciado, yo creo que se ve que la respuesta que querían era esa, la denegación. 

Igualmente a ver como queda todo! Ha sido un examen muy largo, había muchas cosas que se las podrían haber ahorrado y explicado mejor (como el enunciado de la pregunta 8 test, que aunque yo veo la denegación, si que podrían haberse expresado mejor porque inducía a error)
mucho ánimo a todos por lo luchado estos meses y disfrutad de las merecidas vacaciones! 
Última Edición: 7 meses 1 semana antes por EntreImpuestos.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159490 por Aruigar
Respuesta de Aruigar sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Seria la A, si como dice el 48.4 te preguntarán por la falta de aportación de garantias completamentarias o justificación de la impode aportarlas o si no se hubiera atendido el requerimiento.

En caso contrario, al preguntar por la falta de formalización, se ha de entender que se ha concedido el aplazamiento y se añlica el artículo 48.7 siendo la D
Se debe de entender concedido, porque te preguntan por la falta de formalización, y se formaliza únicamente con posterior a la concesion. Por tanto se ha de entender que el requerimiento se responde, que se aporta garantia complementaria y que se concede el aplazamiento 
La respuesta claramente es la D.
Probablemente la idea principal era preguntar por la fakta de aportacion de las garantias complementarias y seria la A pero han equivocarseby poner formalización no puede ser la A.
El siguiente usuario dijo gracias: Inocencio

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159493 por mromero524
Respuesta de mromero524 sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP
Puede ser la D o la B, no dice si está en periodo voluntario ni en periodo ejecutivo, para que sea la D tiene que decir que se solicitó en periodo voluntario y no lo dice, luego no está clara la respuesta, al decir que no se formalizó, no puede ser la A, será B o D.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Más
7 meses 1 semana antes #159494 por Nacoque
Respuesta de Nacoque sobre el tema Sensaciones segundo ejercicio AHP

Seria la A, si como dice el 48.4 te preguntarán por la falta de aportación de garantias completamentarias o justificación de la impode aportarlas o si no se hubiera atendido el requerimiento.

En caso contrario, al preguntar por la falta de formalización, se ha de entender que se ha concedido el aplazamiento y se añlica el artículo 48.7 siendo la D
Se debe de entender concedido, porque te preguntan por la falta de formalización, y se formaliza únicamente con posterior a la concesion. Por tanto se ha de entender que el requerimiento se responde, que se aporta garantia complementaria y que se concede el aplazamiento 
La respuesta claramente es la D.
Probablemente la idea principal era preguntar por la fakta de aportacion de las garantias complementarias y seria la A pero han equivocarseby poner formalización no puede ser la A.
Así lo entiendo yo. Lo que queda claro es que la pregunta no está bien formulada porque dá lugar a dos interpretaciones. Han querido hilar tan fino que meten la pata. 
El siguiente usuario dijo gracias: Inocencio

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Moderadores: webmaster
Tiempo de carga de la página: 0.234 segundos
Gracias a Foro Kunena