Precinto equipos informáticos en procedimiento Inspector iniciado mediante personación ¿Se puede adoptar la medida cautelar sin la presencia del representante sociedad?

  • Inspector ghaches
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31 Oct 2018 08:00 #70980 por Inspector ghaches
Respuesta de Inspector ghaches sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Para este caso el "kit de la cuestión" esta aquí.
El art 177 RGAT habilita a los órganos de inspección a iniciar el procedimiento mediante personación. Ahora bien, podrá iniciarlo mediante la comunicación al OT o a su representante. Si no están podrán hacer otras actuaciones como recabar información de los trabajadores etc etc del 173 RGAT.

Pero en el caso de que adopten medidas cautelares no serán válidas si antes no se ha tenido por efectuado el inicio del procedimiento inspector.
Y en el ejemplo que nos muestras al ir por primera vez la inspección es atendido por un empleado, este no es ni el representante legal. Ni administrador.

Para que un procedimiento se inicie de Oficio se ha de comunicar al OT o su representante legal o voluntario.
Si el procedimiento fuese a instancia del interesado aquí si se puede hacer cargo de la notificación cualquier persona que ... tal y tal art 111lgt.

Leed bien el art 177 RGAT
"sin previa comunicación"
No quiere decir que no se tenga que notificar la comunicación de inicio mediante "comunicación o diligencia" que también se podrá y poder realizar en una entidad la adopcion de MC.
Lo que quiere decir es que se podrán presentar sin previa comunicación "sin avisar"...


**El ejemplo más claro lo expuse antes. Tienes una fábrica y una inspección sin comunicarte el inicio de actuaciones inspectores va y te precinta unos cajones o ya que estamos como decís que se pueden adoptar las medidas te Incautan los pc's... Y tu como dueño de la fábrica ni tienes conocimiento del inicio del procedimiento**.

CEF dice lo mismo. Que no se pueden adoptar sin antes iniciar. Dejo enlace.

www.fiscal-impuestos.com/medidas-cautela...ento-inspeccion.html

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31 Oct 2018 08:51 - 31 Oct 2018 08:53 #70981 por Innacio
Respuesta de Innacio sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Aham, ya entiendo lo que quieres decir. Voy a exponer la casuística que entiendo que se podría producir y lo que procedería en cada caso:

a) Se inicia el procedimiento mediante personación en el domicilio fiscal y el obligado no se encuentra allí. En este caso la diligencia que se extienda podrá incluir el contenido de la comunicación del inicio del procedimiento, incluido lo previsto en el art. 147.2 LGT, y se podrá hacer cargo de la misma cualquier persona que se encontrara en dicho domicilio, por el art. 110.2 LGT y 111.1 LGT. La notificación sería válida y el procedimiento se podría entender iniciado.

b) La personación es en el domicilio fiscal, que a su vez es el domicilio constitucionalmente protegido y el obligado no se encuentra allí. La Inspección ni siquiera podrían entrar en dicho lugar, porque se requiere el consentimiento del propio obligado o la autorización judicial. Si se entrara o practicaran registros sin ese requisito, ese acto sería nulo de pleno derecho por lo que ni se entendería iniciado el procedimiento y todas las pruebas obtenidas serían ineficaces.

c) La personación es en un lugar distinto del domicilio fiscal, en este caso sería necesaria la presencia del obligado para que la notificación se pueda entender efectuada, porque no sería aplicable lo previsto en el art. 111.1 LGT.
Última Edición: 31 Oct 2018 08:53 por Innacio.
El siguiente usuario dijo gracias: Inspector ghaches

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  • Fuen
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18 Ene 2019 19:03 #74120 por Fuen
Respuesta de Fuen sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Entiendo yo que sí un trabajador, que se encuentra en el domicilio fiscal del obligado tributario, se identifica y se hace cargo de la notificación sí que ha iniciado el procedimiento conforme a:

Artículo 111. Personas legitimadas para recibir las notificaciones.
1. Cuando la notificación se practique en el lugar señalado al efecto por el obligado tributario o por su representante, o en el domicilio fiscal de uno u otro, de no hallarse presentes en el momento de la entrega, podrá hacerse cargo de la misma cualquier persona que se encuentre en dicho lugar o domicilio y haga constar su identidad, así como los empleados de la comunidad de vecinos o de propietarios donde radique el lugar señalado a efectos de notificaciones o el domicilio fiscal del obligado o su representante.

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  • General McChurri
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18 Ene 2019 20:18 #74128 por General McChurri
Respuesta de General McChurri sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Entiendo las diferentes interpretaciones, pero yo os garantizo que entran en la empresa, y precintan el ordenador sin que el O.T esté presente, ya que eso es imposible en la mayoría de las Sociedades de tamaño medio o grande. En ninguna sociedad grande está presente el Administrador en ese momento. Están los trabajadores, y punto.

Y entran por sorpresa, obviamente.

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  • margama07
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18 Ene 2019 23:23 - 18 Ene 2019 23:36 #74133 por margama07
Pues en mi opinión (de novata) el procedimiento si estaria iniciado mediante la personación, que efectivamente es también un modo de iniciación de los procedimientos cuando las circunstancias así lo requieran. Yo creo que el único matiz por el que no es correcta la medida es por el tema de la constitucionalidad, pues aunque no se da mucha informacion en el enunciado, habla de que se persona en "la entidad" (que a mi me suena mas a oficinas o dependencias cerradas que a almacen o local abierto al píblico). Yo diría que no es correcto en base a la falta de autorización judicial o del consentimiento a la entrada del OT. Pero todo es pura interpretación.... Son así de ambigüas las preguntas?

Además, y esto ya son conjeturas mias, resulta que la Inspección decide personarse para iniciar el procedimiento porque hay causas que lo justifican (es preferible no poner sobre aviso al OTpara evitar ocultación, destrucción o alteración de pruebas...).Pero, en la vida real, la probabilidad de que habitualmente un responsable se encuentre a diario en la oficina o despacho es baja, y digo yo, que si ni siquiera la Inspección puede tomar medidas cautelares para continuar cuando éste este presente,el OT, ¿que sentido tiene esta opción de personación sin previo aviso? Se perderia el "efecto sorpresa" en la mayoria de los procedimientos, creo yo...
Última Edición: 18 Ene 2019 23:36 por margama07.

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  • Notax
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18 Ene 2019 23:31 #74134 por Notax
Respuesta de Notax sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector

General McChurri wrote: Entiendo las diferentes interpretaciones, pero yo os garantizo que entran en la empresa, y precintan el ordenador sin que el O.T esté presente, ya que eso es imposible en la mayoría de las Sociedades de tamaño medio o grande. En ninguna sociedad grande está presente el Administrador en ese momento. Están los trabajadores, y punto.

Y entran por sorpresa, obviamente.


Como no lleven autorización judicial, vuelven con el rabo entre las piernas.

Se puede dar por notificado el inicio del procedimiento, pero sin la presencia del obligado o su representante no puedes adoptar medidas cautelares en la personación.

Podrías en la notificación comunicar el requerimiento pero tendrá en plazo no inferior a 10 días para atender.

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  • General McChurri
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19 Ene 2019 12:41 - 19 Ene 2019 13:41 #74154 por General McChurri
Respuesta de General McChurri sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
No hablamos del domicilio social. La pregunta original es, si no he entendido mal, una medida cautelar sin presencia del OT. Obviamente, si el tema es el domicilio protegido, es que no pueden acceder, sin autorización, claro. Pero eso no me parece la pregunta.

Sinceramente, no veo la problemática. El otro día entraron en 3 lugares a la vez de un cliente. No era ninguno su domicilio. Precintaron la caja fuerte. El cliente no estaba en ninguno de los 3 lugares, que eran 3 clínicas dentales.
Última Edición: 19 Ene 2019 13:41 por General McChurri.

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  • Notax
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19 Ene 2019 13:23 #74156 por Notax
Respuesta de Notax sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
¿Estás seguro de que no llevaban autorización judicial? Porque yo sé de casos de inspectores que han tenido que irse por no llevarla.

El Tribunal Supremo ha extendido el concepto de domicilio constitucionalmente protegido a la máxima expresión, por lo que de un tiempo a esta parte (unos cuatro años o más) ese tipo de actuaciones se realizan siempre con el respaldo judicial oportuno.

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  • General McChurri
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19 Ene 2019 13:44 #74159 por General McChurri
Respuesta de General McChurri sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector

Notax wrote: ¿Estás seguro de que no llevaban autorización judicial? Porque yo sé de casos de inspectores que han tenido que irse por no llevarla.

El Tribunal Supremo ha extendido el concepto de domicilio constitucionalmente protegido a la máxima expresión, por lo que de un tiempo a esta parte (unos cuatro años o más) ese tipo de actuaciones se realizan siempre con el respaldo judicial oportuno.


SIP, seguro. Aunque insisto en que la duda original parece más por la adopción de una medida cautelar sin presencia del OT.

Una vez que han entrado, legalmente (pq le has dado permiso, pq no es domicilio protegido, o pq traen autorización judicial), precintan todo, sin la presencia del OT (imaginad una empresa grande, dónde puede andar el Administrador).

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  • Notax
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19 Ene 2019 13:45 #74160 por Notax
Respuesta de Notax sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Pero como bien dices tiene que estar el procedimiento ya iniciado, que no es el caso del supuesto.

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  • Notax
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19 Ene 2019 13:49 #74161 por Notax
Respuesta de Notax sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Me refiero a que el supuesto pregunta si se puedenadoptar medidas cautelares sin la presencia del obligado o su representante y sin haber iniciado el procedimiento inspector.

Y yo creo que para ello está el 172.4 RGAT

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  • General McChurri
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19 Ene 2019 14:07 #74162 por General McChurri
Respuesta de General McChurri sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector

Notax wrote: Me refiero a que el supuesto pregunta si se puedenadoptar medidas cautelares sin la presencia del obligado o su representante y sin haber iniciado el procedimiento inspector.

Y yo creo que para ello está el 172.4 RGAT


Entiendo.
Esto es producto de una redacción de Ley y Reglamento un poco peculiar.

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  • Betu
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20 Ene 2019 16:50 #74177 por Betu
Respuesta de Betu sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Y en qué fundamentación basáis la conclusión de que el procedimiento no se inicia por la mera personación? Pregunto.
Yo siempre he puesto la duda en cada una de las respuestas de los supuestos que he analizado por recomendación de expertos: puede ser perfectamente que sea incorrecta.
Yo, sin embargo, sí creo que un procedimiento inspector se inicia con la mera personación, por disponerlo así el 177 del RGAT y no encontrar contradicción alguna a él en otro precepto. Es más, el 87 del reglamento deja muy claro, que un procedimiento de aplicación de los tributos se inicia, mediante la notif de la comunicación de inicio, mediante la notificación de la propuesta, o cuando esté previsto, mediante la personación. Esta diferenciación solo tiene sentido en el marco del procedimiento de inspección.

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  • margama07
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20 Ene 2019 16:59 #74178 por margama07
Respuesta de margama07 sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector
Totalmente de acuerdo. Si no la mayoría de las acciones que se hicieran mediante personación no serían válidas por no encontrarse el OT y se perdería el sentido de esta forma de iniciación del proceso.
Yo opino que el procedimiento se inicia y el precinto es legal, con el matiz de la constitucionalidad o no del lugar donde se halle

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  • General McChurri
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21 Ene 2019 15:06 - 21 Ene 2019 15:12 #74205 por General McChurri
Respuesta de General McChurri sobre el tema Medidas Cautelares procedimiento Inspector

Betu wrote: Y en qué fundamentación basáis la conclusión de que el procedimiento no se inicia por la mera personación? Pregunto.
Yo siempre he puesto la duda en cada una de las respuestas de los supuestos que he analizado por recomendación de expertos: puede ser perfectamente que sea incorrecta.
Yo, sin embargo, sí creo que un procedimiento inspector se inicia con la mera personación, por disponerlo así el 177 del RGAT y no encontrar contradicción alguna a él en otro precepto. Es más, el 87 del reglamento deja muy claro, que un procedimiento de aplicación de los tributos se inicia, mediante la notif de la comunicación de inicio, mediante la notificación de la propuesta, o cuando esté previsto, mediante la personación. Esta diferenciación solo tiene sentido en el marco del procedimiento de inspección.


Es mi duda. Ciertamente, el artículo de la Ley que habla del inicio de la inspección (147 LGT) dice que el obligado tiene que ser informado al inicio del alcance, derechos y obligaciones, y si se inicia por personación, sin estar presente el obligado.. complicado. Pero es que en ese caso, directamente, ¿Cómo entras?, ya que no se ha iniciado ningún procedimiento..

Todo esto, conjugado con un artículo 177 del reglamento, que parece indicar justo lo contrario.
Última Edición: 21 Ene 2019 15:12 por General McChurri.

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