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Érase una vez...Unos novios que deciden casarse en régimen económico-matrimonial de la sociedad de gananciales. El marido aporta a la sociedad conyugal: una vivienda, una plaza de garaje y 1.650.000 euros. La esposa no puede aportar ningún bien.
Una semana después, cuando todavía estaban sacudiendo el arroz de los trajes, los cónyuges disuelven la sociedad, y se adjudican los bienes por mitad: El marido se adjudica 1.050.000 euros; y la esposa los inmuebles y 600.000,00 euros.
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El 15 de julio de 2016 finalizó, después de 309 días, la fase de oposición del proceso selectivo al Cuerpo Técnico de Hacienda (promoción XVI- Resolución AEAT de 3 de septiembre de 2015 BOE del 10/09/2015).
Nuestra enhorabuena a los 302 opositores-sufridores que han superado la oposición y mucho ánimo a los 4.111 restantes opositores que no superaron alguno de los tres ejercicios.
El Graznido de la Oca publica anualmente las estadísticas de los resultados de cada convocatoria. Se trata de conocer un poco mejor el proceso selectivo en base a los datos de los resultados obtenidos por los opositores, y además, este año se facilita estadísticas sobre las preguntas/supuestos realizados por el Tribunal.
Con la publicación en el BOE de la convocatoria del proceso selectivo, se inicia el cómputo de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en el BOE, para: 1º Cumplimentar y presentar la solicitud de admisión a las pruebas selectivas; 2º Realizar el pago de la Tasa de derechos de examen, salvo en los casos de exención, y 3º presentar la documentación complementaria que acredite bonificación o exención del pago de la tasa.
La AEAT publica una Guía para realizar correctamente estos tres pasos (PINCHAR AQUÍ).
Los temas a estudiar para preparar las oposiciones de Hacienda son tan extensos, que resulta aconsejable centrar el esfuerzo y el tiempo en memorizar los artículos de las Leyes y Reglamentos del programa oficial (ver anexos de las convocatorias).
Sin embargo, siempre existen preguntas o supuestos "canallas" donde el Tribunal plantea ciertas casuísticas que con la Ley o Reglamento en la mano no se podría llegar a contestar.
Si eres de los que quiere responder a todo, eres una o un perfeccionista... te compadezco, porque no te queda más remedio que bucear en los criterios interpretativos de la doctrina de la Dirección General de Tributos (consultas tributarias) y del Tribunal Económico Administrativo Central (resoluciones TEAC) para saciar tu ansia de saber!.
El artículo 86 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria establece que el Ministerio de Hacienda (hoy Ministerio de Economía y Hacienda) publicará las contestaciones a las consultas y las resoluciones económico-administrativas de mayor trascendencia y repercusión.
A continuación la comunidad de opositores de Hacienda "estudiandotributario" selecciona algunos de estos criterios tributarios que pueden tener transcendencia y repercusión en preguntas "canallas" del Tribunal (en base a la selección realizada y publicada en la web fiscal-impuestos.com y el despacho de abogados Garrigues). No obstante, se recomienda centrar el esfuerzo en dominar las Leyes y Reglamentos del programa oficial de las oposiciones. Como diría una sabia preparadora:
"tu no te líes!, porque si preguntan esto, no lo sabrá contestar ni dios!".
El 2 de octubre de 2016 entra en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Dos leyes que son esenciales para la preparación de los ejercicios de oposición en materia de Derecho Administrativo.
Nuestra compañera de oposición teresa1 (Muchas gracias!) nos ha facilitado dos TABLAS DE EQUIVALENCIAS, que permiten conocer la correlación que existe entre los viejos artículos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que muchos hemos estudiado, así como otras leyes sobre Derecho Administrativo (*) que quedan derogadas, y los nuevos artículos de las Leyes 39 y 40/2015.
(*) En particular quedan derogadas (= fuera del estudio del programa de oposiciones): la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (en virtud de la disposición derogatoria unica de Ley 39/2015); y la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos (en virtud de la disposición derogatoria única de la Ley 40/2015).
TABLA EQUIVALENCIA 1. Correlaciones entre los derogados artículos de la Ley 30/1992, Ley 6/1997, Ley 11/2007 y otras normas, con los nuevos artículos de la Ley 40/2015.
TABLA EQUIVALENCIA 2. Correlaciones entre los derogados artículos de la Ley 30/1992, con los nuevos artículos de la Ley 39/2015 y Ley 40/2015.