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Publicado en el BOE 17/12/2016, Nº 304, el Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, de modificación de: (i) Planes Generales de Contabilidad (RD 1514/2007-PGC y RD 1515/2007- PGC PYMES), (ii) Normas de Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas (NOFCAC RD 1159/2010), y (iii) Normas contables de las entidades sin fines lucrativos (RD 1491/2011).
Este Real Decreto responde a una armonización contable europea para simplificar las obligaciones contables de las PYMES, y adaptar el PGC y PGC-PYMES al nuevo tratamiento contable de la valoración posterior del fondo de comercio y resto de los inmovilizados intangibles, de acuerdo con la modificación legal de los artículos 39.4 C.Co, artículos 260 y 261 TRLSC..., realizada por la Ley 22/2015 de 20 de julio de Auditoría de Cuentas (puedes ver comentarios de esta modificación legal pinchando aquí).
A continuación se explican las modificaciones contables de interés para los opositores de Hacienda ordenadas de acuerdo con el temario de Técnicos de Hacienda del Estado.
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Publicado en el BOE 06/12/2016, Nº 294, el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del IVA (Real Decreto 1624/1992), el Reglamento de Aplicación de Tributos (Real Decreto 1065/2007) y el Reglamento de Faturación (Real Decreto 1619/2012).
Se trata de la regulación del Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), que consiste en llevar los Libros-Registro del IVA a través de la sede electrónica de la AEAT mediante el suministro electrónico de los registros de facturación e información adicional de relevancia fiscal en unos plazos cortos de 4 o 8 días. Además, los sujetos obligados a usar el sistema web SII, y los que voluntariamente opten a él, tendrán que presentar las declaraciones-liquidaciones de IVA mensualmente, en el plazo de los 30 días de cada mes, salvo la declaración de enero que tendrán de plazo hasta el último día del mes de febrero. A cambio no tendrán que presentar el Modelo 347 “operaciones con terceras personas” (artículo 32.f RGAT); el Modelo 340 “declaración con el contenido de los Libros-Registro” (artículo 36.1 RGAT); y, tal vez, el modelo 390 “declaración resumen anual IVA” si así lo indica la Orden Ministerial que se publique de acuerdo con el artículo 71.1 RIVA.
También se regula reglamentariamente el nuevo sistema electrónico de devolución de IVA (DIVA) en aplicación de la exención de las entregas de bienes a viajeros prevista en el artículo 21 LIVA y artículo 9 RIVA.
A continuación se explican las modificaciones ordenadas por tema de la oposición de Técnicos de Hacienda (AEAT).
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Publicado en el BOE 03/12/2016, Nº 292, el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en material social.
Se trata de una reforma tributaria para cumplir la senda de consolidación fiscal de la UE, con un moderado incremento de la fiscalidad indirecta (impuestos especiales), una reforma del impuesto sobre sociedades para incrementar la recaudación sin tocar los tipos nominales, y la prórroga para el 2017 del gravamen por el impuesto sobre patrimonio.
A continuación se explican las modificaciones ordenadas por tema de la oposición de Técnicos de Hacienda (AEAT).
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Publicada en el BOE 30/09/2016, Nº 237, el Real Decreto-ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que modifica el régimen legal de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
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Publicada en la web del ICAC, las consultas del Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de cuentas (BOICAC 106, junio 2016). Son 6 consultas contables formuladas al ICAC con los siguientes titulares A continuación se resumen las consultas que resultan de interés para las oposiciones de Hacienda.