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Sara1992 wrote: Yo pienso igual, la cosa es, se puede estar entre los 1.000 primeros y pasar las cortas este año con 7 en blanco? Yo tengo mis dudas viendo que medio foro dice que las cortas eran muy fáciles.
Aunque quiero pensar que unas cuantas personas deben estar igual que yo.
Joseba wrote: En un examen así está claro el procedimiento a seguir...
1. Gente que no pase las cortas fuera (ellos eligen cuantos pasan), me imagino que pasarán sobre 1000.
2. Gente que no haya hecho el tema o que haya hecho el tema FATAL fuera. Tipo gente que se haya dejado un apartado entero sin hacer y cosas así.
3. Quedarán sobre 900 opositores para 600 plazas, y ahí habrá suma de las preguntas cortas y del tema... y el que pase pasó!
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clopez_09 wrote: Efectivamente! Las del primero no, únicamente V o F
Mhacendado wrote:
clopez_09 wrote: Hola chicos, una duda que me surge al ver el enunciado del examen (no he llegado a hacerlo, caí en el segundo, me quedé a las puertas, contenta porque solo llevo 1 año...) Biblias aparte xD... Según tenía entendido, los V o F del tercero había que justificarlos, pero no veo esta instrucción en el enunciado... ¿Hay que justificarlos siempre o suelen especificarlo otras veces?
Muchas gracias y mucha suerte a todos, a descansar y "disfrutar" de las vacaciones bien merecidas!
Añado una duda de novato que seguro que sabes @clopez, las de verdadero o falso del primero no se justifican cierto?.
También respecto a la justificación de las del tercero, supongo que será esquemática o dependerá del tipo de pregunta. No será necesario incluir el artículo completo si no aquello que explique la respuesta.
Mucha suerte a los opositores y gracias por la respuesta
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Monorrail wrote: Yo solo calcule la ganancia patrimonial exenta del IRPF, la del apartado C). No sé si llegué a calcular la imputación del IRNR. El resto lo deje planteado.(cuando dices aduanas de refieres a IIEE no?)
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rd5 wrote:
Monorrail wrote: Yo solo calcule la ganancia patrimonial exenta del IRPF, la del apartado C). No sé si llegué a calcular la imputación del IRNR. El resto lo deje planteado.(cuando dices aduanas de refieres a IIEE no?)
Hola, Monorrail.
¿Recuerdas qué artículo aplicaste en ese apartado?
Un saludo.
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Monorrail wrote:
rd5 wrote:
Monorrail wrote: Yo solo calcule la ganancia patrimonial exenta del IRPF, la del apartado C). No sé si llegué a calcular la imputación del IRNR. El resto lo deje planteado.(cuando dices aduanas de refieres a IIEE no?)
Hola, Monorrail.
¿Recuerdas qué artículo aplicaste en ese apartado?
Un saludo.
En IRPF o IRNR?
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Monorrail wrote: Yo lo hice como lo vi resuelto de ITH y CEF, salvo la ganancia patrimonial que metí el valor a efectos de ISD + el impuesto pagado (este es el valor que me insistió mi preparador que se utiliza aunque sé que CEF e ITH sólo utiliza el importe pagado por el impuesto. Me fío de él y no creo q me caiga en las cortas si está mal).
Por tanto me salía ganancia patrimonial 200.000
La renta exenta se calcula (200.000/400.000)*240.000, ( esto tmb lo hace así CEF e ITH) siempre que se cumplan los requisitos. No sé si estará bien la verdad.
De todas formas si tienes soluciones a mano mira el ejercicio 11. apartado 4 de THAC 2015 (PI), xq es el primo hermano.
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rd5 wrote:
Monorrail wrote: Yo lo hice como lo vi resuelto de ITH y CEF, salvo la ganancia patrimonial que metí el valor a efectos de ISD + el impuesto pagado (este es el valor que me insistió mi preparador que se utiliza aunque sé que CEF e ITH sólo utiliza el importe pagado por el impuesto. Me fío de él y no creo q me caiga en las cortas si está mal).
Por tanto me salía ganancia patrimonial 200.000
La renta exenta se calcula (200.000/400.000)*240.000, ( esto tmb lo hace así CEF e ITH) siempre que se cumplan los requisitos. No sé si estará bien la verdad.
De todas formas si tienes soluciones a mano mira el ejercicio 11. apartado 4 de THAC 2015 (PI), xq es el primo hermano.
Sí, yo la ganancia patrimonial la he calculado como tú, pero ¿por qué está exenta esa ganancia patrimonial?
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Monorrail wrote:
rd5 wrote:
Monorrail wrote: Yo lo hice como lo vi resuelto de ITH y CEF, salvo la ganancia patrimonial que metí el valor a efectos de ISD + el impuesto pagado (este es el valor que me insistió mi preparador que se utiliza aunque sé que CEF e ITH sólo utiliza el importe pagado por el impuesto. Me fío de él y no creo q me caiga en las cortas si está mal).
Por tanto me salía ganancia patrimonial 200.000
La renta exenta se calcula (200.000/400.000)*240.000, ( esto tmb lo hace así CEF e ITH) siempre que se cumplan los requisitos. No sé si estará bien la verdad.
De todas formas si tienes soluciones a mano mira el ejercicio 11. apartado 4 de THAC 2015 (PI), xq es el primo hermano.
Sí, yo la ganancia patrimonial la he calculado como tú, pero ¿por qué está exenta esa ganancia patrimonial?
Por reinversión en renta vitalicia y suponiendo que cumple los requisitos temporales y de edad. No sé si se me escapa algo o hay algo que no veo...
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