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Alex.aduanero wrote: Para mi son diferentes el PN a efectos de reducir el capital o disolución de la solución y otro es el PN a efectos de distribución de resultado que según entiendo serían el que establece el de la RICAC ART 28.2 y deben eliminarse los beneficios directamente imputados en el PN
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Alex.aduanero wrote: Para mi son diferentes el PN a efectos de reducir el capital o disolución de la solución y otro es el PN a efectos de distribución de resultado que según entiendo serían el que establece el de la RICAC ART 28.2 y deben eliminarse los beneficios directamente imputados en el PN
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jos wrote:
Alex.aduanero wrote: Para mi son diferentes el PN a efectos de reducir el capital o disolución de la solución y otro es el PN a efectos de distribución de resultado que según entiendo serían el que establece el de la RICAC ART 28.2 y deben eliminarse los beneficios directamente imputados en el PN
Yo también lo tengo entendido así.
A efectos de distribución de resultado se restan todas las cuentas (13) del PN Contable.
A efectos de reducir capital obligatoriamente (+/-) la (134).
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Witty wrote: Yo lo hice según LSC pensando en que ese es el que se coge para comprobar si hay causa de disolución por pérdidas, pero ahora me inclino más por coger el PN a efectos de aplicación de resultado de la RICAC.
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Tere1981 wrote: para mi aplica el mismo articulo tanto para distribucion de benecios como para reduccion de capital, lo ue indica el 28 es como se hace ajuste para distribuir, pero a la hora de comprobar que el PN sea igual o mayor al CS Y de esa manera decidir si se puede o no distribuir se aplica el 3,5 de la resolucion icac
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AleTEC wrote: Alguno consideró en el punto 4 del primer ejercicio que la sociedad adquiría acciones propias por la parte no suscrita ?
"Una vez finalizado el periodo de suscripción, tan solo han acudido a la ampliación
el 80% de los posibles suscriptores, realizando el ingreso por banco. La sociedad
procede a SUSCRIBIR la correspondiente ampliación de capital"
Si dijera que inscribe la parte correspondiente entendería que sería el 80% y daría de baja el otro 20%, pero habla de suscripción
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