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Txoko wrote: Lo de que no pueden aprobar el segundo examen más de 375 es algo que os estáis sacando de la manga. Las bases dicen que no pueden SUPERAR EL PROCESO SELECTIVO un número de opositores mayor al número de plazas convocadas. El proceso selectivo, de acuerdo con la misma convocatoria, lo superan quienes más nota tengan sumando ambos ejercicios.
Todo lo demás pajas mentales. Si alguien recurre y es capaz de demostrar la inviabilidad de que casualmente el 5 esté justo en el número 375, tiene esto ganado. Las bases le dan la razón.
Como he dicho, en mi opinión el Tribunal se ha echado tierra encima puntuando el primer ejercicio.
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Von Mises wrote:
Txoko wrote: Lo de que no pueden aprobar el segundo examen más de 375 es algo que os estáis sacando de la manga. Las bases dicen que no pueden SUPERAR EL PROCESO SELECTIVO un número de opositores mayor al número de plazas convocadas. El proceso selectivo, de acuerdo con la misma convocatoria, lo superan quienes más nota tengan sumando ambos ejercicios.
Todo lo demás pajas mentales. Si alguien recurre y es capaz de demostrar la inviabilidad de que casualmente el 5 esté justo en el número 375, tiene esto ganado. Las bases le dan la razón.
Como he dicho, en mi opinión el Tribunal se ha echado tierra encima puntuando el primer ejercicio.
Cómo ?
Creo que te estas montando un lío con esto. Hay 375 personas aptos en el segundo ejercicio (con un 15+, vaya). Son los únicos que cumplen ambos requisitos (ser aptos en los dos exámenes) y los únicos que conseguirán la plaza. Si lo que me quieres decir es que alguien va a poder ir a un tribunal con un 14,96 y que lo califquen como apto porque interpreten que, en realidad, hay más de 375 aspirantes por en cima del 15 y el tribunal dejó fuera a algunos por no tener más aptos que plazas sin que esto lo contemplen las bases, es una ensoñación. Porque para que esto pasara primero tienes que conseguir que el 14,96 que te han dado se cambie a un 15. Y esto no va a pasar, salvo que se demuestre error aritmético.
Todo lo demás, pajas mentales.
Pero vamos, que en estas cosas, yo siempre animo a todo el mundo a que ejerza todas las acciones que tiene en defensa de los derechos que crea que se le han vulnerado, faltaría más. Pero mejor que el abogado no sea muy caro, a ver si aún encima le va a salir muy caro el tema.
Un saludo.
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Fuen wrote: Os expreso lo siguiente para que reflexionéis por sí lo veis interesante:
Partimos de la tabla de aprobados del segundo examen. En ella vemos que de 1200 personas presentadas casualmente sólo han aprobado el segundo ejercicio 375(igual que el número de plazas) y que la nota más baja de aprobado es con un 15,02.
¿Mucha casualidad o se ha reducido el número de aprobados a las plazas?
Ya sé que todos queríamos estar aprobados y con plaza. Yo me esperaba estar aprobada pero sabía que había sido más fácil que en los años anteriores y sacar plaza era más complicado, pero tener más de 19 puntos sí era factible para mí(he sacado 14,94)
¿Por qué planteo esta cuestión? Porque para el primer ejercicio se publica, antes del primer examen, el criterio de actuación que va a llevar el tribunal y referido únicamente a dicho primer examen. Para el segundo ejercicio no se publica ningún criterio por lo que se debe aplicar únicamente lo que establece la convocatoria para dicho 2ª ejercicio y para la calificación general.
Bien, sí la casualidad hace que de forma “inesperada” el aspirante con la menor nota obtenida coincida con el nº 375 pues no pasa nada, es correcto pero sí sorprendente. Sin embargo, parece que se ha aplicado un criterio no aprobado para este ejercicio que sería “similar” al aplicado al primero solo que en vez de ser 1200 aspirantes solo se cogerían los 375 con mas nota de los aprobados dándole a 375 la nota 15 que por jugar con centésimas de nota se queda en 15,02. Sí esto se ha aplicado no sería correcto por no haberse acordado y publicado antes del inicio del 2º examen.
Alguien dirá que es lo que se hizo en años anteriores, pero eso no es correcto del todo. En los años anteriores habían menos aprobados que plazas y entonces repescaban a los suspensos con más nota. Y si que todos los que aparecían en la tabla como aspirantes que habían aprobado eran únicamente esos y todos los demás estaban suspensos. En este caso no hay perjudicados
Sí ayer el tribunal solo incluyó de los aprobados, los 375 mejores notas y que estas se han reducido para que el de menor nota sea un 15 entonces estamos ante un grupo de perjudicados ya que la convocatoria no prevé esa reducción y dice que:
3.3 Calificación final: La calificación final de los aspirantes en el proceso selectivo vendrá determinada por suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición. En caso de empate se tendrá en cuenta en primer lugar la nota del segundo ejercicio y en segundo lugar la nota del primer ejercicio. En caso de persistir el empate se tendrá en cuenta el orden alfabético de apellidos comenzando por la letra a la que se refiere la base 2.4.
Y aspirantes somos todos los aprobados del segundo tanto si son 400 como 600 u 800, siempre que nuestro examen hubiera obtenido al menos 15 puntos
No se sí me he explicado
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MJ wrote: Hola a todos, soy nueva en el foro, aunque llevo leyéndoos varios meses. Antes de dar mi opinión sobre este tema deseo daros las gracias a todos por vuestros comentarios, saber que existen más opositores con las mismas expectativas, alegrías y tristezas me ayuda a afrontar este "Calvario"
En relación al tema, esta ha sido mi primera convocatoria, aprobé el primero bastante raspada, con un 5,05. En el segundo he obtenido un 12, 96.
En mi opinión han pasado los 375 mejores, creo que es mejor no comerse el tarro. El examen fue asequible, ¡Ojo! No quiero decir que fuera fácil, sino un examen con la dificultad adecuada para quien se hubiera currado la materia. Creo que los opositores que llevaban dos o tres años de preparación tenían muchas más ventajas que otros que como en mi caso era la primera vez que nos presentábamos.
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